[OANNES Foro] CONVEMAR: MUTILACION DE 200 MILLAS MARINAS

jose cachique pescamaz_00 en yahoo.es
Jue Jul 10 08:15:54 PDT 2014


Saludos
Sra. Roció
Si me permite un breve comentario al respecto del vuestro,  sobre la Convención del  Mar (CONVEMAR), del cual los Pescadores Artesanales en sus múltiples Congresos Nacionales, nos ratificamos en NO a la firma de la CONVEMAR. Este tema ya está zanjado por los pescadores artesanales. Sin embargo, al Personaje (Roberto Viera) que Usted aclara y que se titula como Presidente del Frente Nacional de Defensa de los Pescadores, está metido en cuanto medio de comunicación se le antoje. Irrogándose representar también a la pesca artesanal sorprendiendo a todos los medios de comunicación. No nos hace ningún bien a los pescadores artesanales del Perú, su falsa representatividad. 

Por si no lo sabe, en muchas oportunidades los pescadores artesanales acompañados por doctos en la materia, que defendemos la práctica y la tesis de la No firma de la CONVEMAR, salimos al frente ante las arremetidas de las Autoridades gubernamentales, que querian firmar la CONVEMAR.

Sra. Rocio, que no la sorprendan a Usted también opiniones de personajes autotitulados. 

Por otro lado, bien por su comentario.

Att.
José cachique diaz
Pescador artesanal.

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El mié, 9/7/14, rocio del pilar vasquez goicochea <pescaperuana_33 en hotmail.com> escribió:

 Asunto: [OANNES Foro] CONVEMAR: MUTILACION DE 200 MILLAS MARINAS
 Para: "oannes en lista.oannes.org.pe" <oannes en lista.oannes.org.pe>
 Fecha: miércoles, 9 de julio, 2014 22:00
 
 
 
 
 
  
 
 Roberto, 
 
 La CONVECION DEL MAR es
 totalmente incompatible a
 la Constitución Política del Perú y lo demostraremos
 tomando solo 6 puntos que los
 convecionistas manejan, cuyas respuestas anotamos para que
 todos analicen…   
 
 1.-La
 Convención del Mar recoge la tesis peruana de las 200
 millas, al igual que la Constitución. 
 
 FALSO:
 La
 llamada tesis peruana es en realidad la DOCTRINA PERUANA DEL
 MAR TERRITORIAL
 que desde 1947 dejó establecida claramente la soberanía y
 jurisdicción del Perú
 hasta la distancia de 200 millas. La Convención del Mar NO
 recoge un ápice de
 esa doctrina desde el momento que no reconoce la soberanía
 y jurisdicción del
 Perú en las 200 millas. Mucho menos la Constitución, cuyo
 Art. 54 establece que
 el dominio marítimo de 200 millas ES PARTE DEL TERRITORIO
 NACIONAL y goza de
 soberanía y jurisdicción, que no reconoce la Convención
 del Mar, al punto de
 limitar la soberanía (supuesta) a sólo 12 millas de
 ancho. 
 
 2.-Con la
 Convención del Mar el Perú asegura las 200 millas
 de soberanía y jurisdicción en su dominio marítimo porque
 otorga el
 reconocimiento de la comunidad internacional a los derechos
 del Perú sobre ese
 espacio. 
 
 FALSO:
 No
 sólo no se asegura NADA con la Convención del Mar, sino
 que se pierde la
 soberanía y jurisdicción exclusivas sobre las 200 millas
 del dominio marítimo
 del Estado (Constitución Art. 54), ya que la Convención
 legisla y decide sobre
 TODOS LOS MARES de los países que la aceptan, y establece
 que el "mar
 territorial" queda limitado a 12 millas, y que en
 éstas 12 millas se
 cumplen las disposiciones de la Convención del Mar.
 Entonces en nuestro mar
 dejaría de regir la Constitución del Perú, con lo que el
 país perdería
 definitivamente su soberanía y jurisdicción EXCLUSIVAS
 sobre el íntegro de las
 200 millas. 
 
 3.-La
 Convención es el único instrumento mundialmente
 reconocido y en vigor para hacer valer nuestros derechos e
 intereses en todo el
 espacio marítimo: es la "Constitución de los
 océanos". 
 
 FALSO:
 Todos los instrumentos internacionales, tengan muchos ó
 pocos adherentes son
 igualmente válidos para el grupo de países que participan
 en ellos. El hecho
 que la Convención del Mar sea reconocida por los 149
 países que la integran
 (muchos de ellos ni siquiera tienen acceso directo al mar)
 no impide que
 existan (y de hecho existen) muchos otros documentos que
 TAMBIÉN conforman el
 Derecho Internacional del Mar. Uno de éstos es el acto
 jurídico de
 reivindicación marítima del Perú de 1947, aceptado y
 respetado
 internacionalmente. Pero la Convención del Mar no está
 dispuesta a reconocer
 nuestros bien adquiridos derechos sobre el mar adyacente a
 nuestras costas,
 prueba de ello es que pretende recortar nuestro mar
 territorial a solamente
 doce millas. Debe saberse que nuestros derechos sobre el mar
 no requieren de
 nadie que los proteja y de hecho nadie lo haría, porque lo
 que prima en las
 decisiones de otros Estados es el interés, motivo que los
 impulsa a presionar
 al Perú, en espera de poder  “cosechar" en la
 mal llamada "zona
 económica exclusiva" del mar más rico del
 mundo. 
 
 4.-La
 Convención del  Mar garantiza que el mar sea
 utilizado exclusivamente para fines pacíficos. La
 Convención del Mar proscribe
 la amenaza o el uso de la fuerza en el mar. Cualquier
 ejercicio o maniobra
 militar dentro de las 200 millas requeriría autorización
 de nuestro país. 
 
 FALACIA:
 Todos los tratados internacionales "garantizan" el
 uso del mar para
 fines pacíficos. Esta es letra muerta, porque con
 Convención o sin ella, el
 país que quiera agredirnos lo hará y no le pedirá permiso
 a nadie, mucho menos
 a nosotros. Cualquier maniobra militar dentro de las 200
 millas requerirá
 nuestro permiso (¿acaso ahora no se requiere lo mismo?)
 Pero la Convención del
 Mar es un tratado reglamentario sobre uso del mar y no sirve
 para la defensa
 militar. 
 
 5.- La Convención del
 Mar obliga a los Estados a responder por el daño ambiental
 que ocasionen sus
 naves en el dominio marítimo peruano. 
 
 FALACIA:
 Si el Perú ingresara a la Convención del Mar perdería su
 soberanía y
 jurisdicción exclusivas sobre el Mar de Grau, y en
 consecuencia no estaría en
 condiciones de obtener resarcimientos ambientales de otros
 Estados salvo acudir
 al Tribunal Internacional de Mar, donde tendría que ganar
 en juicio a los
 países más poderosos del mundo. Sin tener que ir tan
 lejos, dentro del Perú,
 ¿acaso el gobierno ha sido capaz de impedir daños
 ambientales de las grandes
 mineras y petroleras que explotan actualmente nuestros
 recursos naturales? Lo
 que no pudo obtener en tierra con soberanía y
 jurisdicción, ¿lo conseguiría en
 el mar sin soberanía ni jurisdicción? 
 
 6.-Con la
 Convención del Mar el Perú participará de pleno
 derecho en el desarrollo del Derecho del mar contenido en
 este código de los
 océanos. 
 
 FALACIA:
 Lo que debemos mantener es el Derecho a la soberanía y
 jurisdicción exclusivas
 sobre las 200 millas de nuestro mar territorial. Si con la
 Convención del Mar
 perdemos los 864,000 km2 de territorio marítimo, ¿de qué
 nos sirve participar
 en el desarrollo del "Derecho del
 Mar"?
 
 
                   
    Rocío Vásquez G.
 
           
 Directora Revista "PERUPESQUERO"
 
                 
 www.perupesquero.pe
 
                      
 Nex. 620*8228
  		 	   		  
 
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