[OANNES Foro] LA POTA Y LA FLOTA CALAMARERA DE BANDERA EXTRANJERA EN EL LITORAL DE LA REGIÓN DE AREQUIPA.

cesar armando vargas luna cvargas_luna en hotmail.com
Dom Jul 18 11:49:43 PDT 2010


Lucho.

Me parece muy adecuado tu comentario, falta que se informe, debidamente como lo has hecho.

Te felicito




Cesar Vargas Luna

(511) 9 410*7310 Cel Nxt

(511) 564-1655 Dom



 

> Date: Fri, 16 Jul 2010 11:11:44 -0700
> From: luisicochea en yahoo.com
> To: oannes en lista.oannes.org.pe
> Subject: [OANNES Foro] LA POTA Y LA FLOTA CALAMARERA DE BANDERA EXTRANJERA EN EL LITORAL DE LA REGIÓN DE AREQUIPA.
> 
> *Lista Oannes, fundada el 11 de Octubre de 1996*
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> Estimados amigos quisiera dar mi opinion tecnica sobre la presencia de barcos de bandera extranjera para extraer pota en base a lo que dice la resolucion R. M. Nº  163-2010-PRODUCE, la cual a mi concepto quizas tenga errores de forma pero no de fondo. En dicha resolucion, en su articulo segundo dice que se permitira extraer pota a los barcos de los paises que tengan convenio de cooperacion con Peru, lo cual significa que esto se reduce a dos paises que son España y Japon. Como todos sabemos, España NO TIENE Flota calamarera como para venir a Peru a extraer pota en la actualidad y Japonal dia de hoy SOLO cuenta con 5 barcos calamareros congeladores en toda su flota ya que el resto de flota ya fue vendido a otros paises o los barcos fueron dados de baja. De esos 5 barcos calamareros 3 o 4 de ellos ya vienen operando en Peru hace mas de 1 año. Los otros 2 o 3 barcos que operan en Peru de otras banderas, se supone seran reemplazados por el o los barcos
> Japoneses restantes.
> Asimismo es bueno recalcar que la flota calamarera extranjera (Japonesa) labora SOLO fuera de las 20 millas marinas alejadas de la costa (no de distancia recorrida) donde rara vez llegan las embarcaciones artesanales y si llegaran por mas que lleven hielo no llegaria un producto de excelente calidad para la exportacion. 
> Por otro lado, las condiciones oceanograficas en invierno frio (como es la tendencia de este año) hace que la pota se distribuya mas alejada de la costa, lo cual significa que una buena parte del recurso pota NO ESTARA AL ALCANCE de LA FLOTA ARTESANAL, lo cual significa que esos cardumenes de pota seguiran consumiendo especies como jurel, caballa, bonito y otras que se distribuyen lejos de la costa, tal como lo viene haciendo desde hace varios años.
> Asimismo, hago hincapie que lastimosamente nuestra numerosa flota artesanal POTERA, extrae la pota utilizando una metodologia que se usaba hace 100 años en Japon y es que son contadas con los dedos de la mano (si es que hay?) las embarcaciones artesanales que usen luces potentes para atraer a la pota cuando esta se dispersa.
> En cuanto al termino excedente de capturas, pienso que se debio poner el termino "captura de pota inaccesequible o inaccesible? a la flota artesanal"
> En resumen, a mi humilde concepto, es una norma adecuada a la actual realidad nacional de flota destinada a la captura de pota. Asimismo estos permisos se renovaran cada 3 meses, lo que permitiria que de verse una reduccion del tamaño de la pota, se podra suspender estos permisos, con lo que se evitaria el conocer cual sera la cuota de captura para los primeros 6 meses del proximo año.
>  
> Una alternativa a futuro seria o que se conviertan algunas embarcaciones anchoveteras o arrastreras que ya no salen a pescar anchoveta o merluza, respectivamente en embarcaciones poteras, tal como hizo Japon por ejemplo con su flota excedente arrastrera hace como 35 años. 
> Otra alternativa seria que se haga una especie de embarcacion madrina equipada con luces y frio, acompañada de una flota artesanal de 4 a 6 embarcaciones pequeñas que haga trasbordo de sus capturas en altamar y reciba sus viveres en la zona de pesca. La ultima alternativa tal vez,es que se permita la importacion de embarcaciones artesanales CALAMARERAS o de mediana escala usadas, del Japon por un tiempo hasta que se inicie la construccion de ese tipo de flota en el Peru. La compra de una embarcacion calamarera nueva en Japon alcanza precios prohibitivos para los empresarios Peruanos.
> Saludos
> Luis Icochea
>  
> p.d: Pronto dare mi opinion sobre la cada vez mas creciente Flota artesanal que DICE que pesca anchoveta para CHD (hay algunas embarcaciones que pescan muy seriamente y llevan hielo y tienen bodegas insuladas) pero que quiere que se les permita entregar a la harina un 50% o mas de las capturas. Creo que entregando la pesca a la harina YA DEJARIAN DE SER PESCADORES ARTESANALES de acuerdo a la ley. 
>  
> 
> 
> --- El vie, 7/16/10, Señor de las Olas <senordelasolas en gmail.com> escribió:
> 
> 
> De: Señor de las Olas <senordelasolas en gmail.com>
> Asunto: [OANNES Foro] RV: REPERCUSIONES DE LA FLOTA CALAMARERA DE BANDERA EXTRANJERA EN EL LITORAL DE LA REGIÓN DE AREQUIPA.
> A: "'Foro Hispano Americano de Intercambio de Informacion sobre Temas de Mar'" <oannes en lista.oannes.org.pe>
> Fecha: viernes, 16 de julio de 2010, 10:00 am
> 
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> 
> De: Toribio Mamani Machaca [mailto:toribiomm en hotmail.com] 
> Enviado el: Viernes, 16 de Julio de 2010 12:12 a.m.
> Para: Presidente Region Arequipa; Region Moquegua; Region Tacna; Produce
> Jose Nicanor Gonzales Quijano; Produce pesqueria; Produce Lima
> CC: oannes; presidente oannes; garf1962 en hotmail.com
> Asunto: REPERCUSIONES DE LA FLOTA CALAMARERA DE BANDERA EXTRANJERA EN EL
> LITORAL DE LA REGIÓN DE AREQUIPA.
> 
> REPERCUSIONES DE LA FLOTA CALAMARERA DE BANDERA EXTRANJERA EN EL LITORAL DE
> LA REGIÓN DE AREQUIPA.
> Por: Gustavo Robles Fernández 
> garf1962 en hotmail.com
> El “calamar gigante” o “pota” Dosidicus gigas, es una especie pelágica
> oceánica,  es considerado como un componente nerítico encontrándose tanto en
> aguas oceánicas como sobre el talud continental;   entre profundidades de
> 200 a 2000 m. En el Perú, las áreas de pesca se localizan entre los  5º y
> 17º S, (Paita a Matarani), desde las 20 a 200 millas náuticas de la costa.
> De las especies de calamares, el “calamar gigante”  o  “Pota”  es la especie
> que se explota en forma comercial en el Perú, la extracción se realiza a
> nivel industrial y artesanal, la primera  se inició en 1991, a través de
> barcos calamareros de 190 a 500 TRN, provistas de máquinas automáticas de
> pesca con poteras y luces de atracción; y la segunda se desarrolla
> principalmente,  a bordo de embarcaciones artesanales de 2 a 8 tn. de
> capacidad de bodega, mediante el uso de poteras manuales  y luz artificial.
> Una de las razones de su atractivo comercial es la calidad y contenido
> nutricional de su carne, sin embargo el consumo nacional es bajo debido a
> que ha sido poco difundido, a pesar de su bajo costo.
> La pota es una gran alternativa para combatir el hambre y la desnutrición, y
> que por su alto valor nutritivo es considerado un alimento básico para los
> niños. Sin embargo no llegamos al 10 % de consumo del recurso en la Región
> Arequipa, pero si exportamos como sucedió en el 2004, alrededor de 25,000
> Tn.  de pota, para los mercados de  Asia, EE.UU. y Europa.
> En la “Segunda Encuesta Estructural de la Pesquería Artesanal en el Litoral
> Peruano” (II ENEPA), de septiembre 2004 a mayo 2005. En 122 puntos de
> desembarque, se determinó la situación de la actividad, la condición
> socioeconómica, la flota pesquera, sus métodos y artes de pesca, la
> infraestructura disponible, lográndose actualizar la información disponible
> de la realidad pesquera artesanal. A través del cual, se concluye que  la
> pesca artesanal en el Perú,  contribuye a un doble fin social, en primer
> lugar,  es una importante fuente de empleo que ayuda de manera significativa
> a mitigar la pobreza; y en segundo lugar,  brinda una importante oferta
> alimentaría de calidad proteica a sectores de bajos recursos económicos.
> Estimándose además,  que la presente información permitirá conocer la
> realidad de la pesca artesanal en nuestro país, y contribuirá como
> herramienta fundamental para la toma de decisiones de las diversas
> Instituciones y Organismos del sector, permitiendo sugerir estrategias para
> lograr una mayor eficiencia de esta actividad, promoviendo su desarrollo a
> través de proyectos de inversión, modernizando la actividad pesquera,
> impulsando la maricultura y elevando la calidad de vida del pescador
> artesanal. 
> 
> Es conocido, que desde muchos años atrás, a través de resoluciones
> ministeriales del órgano competente, se han venido prorrogando  la vigencia
> del Régimen Provisional para la Extracción Comercial del calamar gigante o
> pota (Dosidicus gigas) para las embarcaciones de bandera extranjera,
> trayendo consecuencias negativas para nuestra Pesquería Artesanal y
> preocupación en la industria congeladora nacional, ante esta competencia
> desleal, por parte de la flota de embarcaciones extranjeras, omitiéndose
> evaluar y analizar los elementos socio-económicos de la actividad artesanal
> y su repercusión en la industria peruana.
> 
> Por otro lado, se indica que de acuerdo a los Artículos 8º, 47º y el literal
> “c” del Artículo 48º de la Ley General de Pesca, las embarcaciones de
> Bandera Extranjera podrán realizar actividades extractivas de recursos sobre
> el excedente de la captura permisible no aprovechada por la flota nacional,
> norma que se incumple, ya que,  haciendo un análisis de las estadísticas de
> desembarques anuales de “pota”  en todo el Perú, éste no se ajusta,  con las
> cuotas de capturas anuales, designadas y recomendadas por el IMARPE, ya que
> los desembarques anuales fueron mayores que las cuotas de capturas, tal como
> sucedieron durante los años 2002, 2004, 2005, 2006, 2007, y 2008 (Anuarios
> Científicos Tecnológicos de IMARPE e Informe final del Proyecto UE-Perú,
> 2009). 
> 
> La actual publicación de la R. M. Nº  163-2010-PRODUCE,  que promueve la
> depredación del recurso Calamar gigante ó POTA (Dosidicus gigas)  a través
> de barcos calamareros extranjeros, supuestamente  por  haber “ excedente de
> la captura permisible no aprovechada por la flota nacional”,  Resolución
> Ministerial,  que está en concordancia con los objetivos establecidos en el
> Reglamento de Ordenamiento Pesquero del citado recurso, aprobado por Decreto
> Supremo Nº 013-2001-PE, a través del cual se basan para otorgar permisos de
> pesca a embarcaciones pesqueras  de bandera extranjera,  en aguas
> jurisdiccionales peruanas,  fuera de las veinte (20) millas de la costa,
> así como, la licencia para la operación de su respectiva planta de congelado
> a bordo, áreas que son utilizadas por nuestras embarcaciones artesanales
> para capturar al recurso “pota”, tal como lo demuestran los Anuarios
> Científicos Tecnológicos del IMARPE, de los años 2007 y 2008, y, de los
> anteriores también,  donde indican que la flota artesanal operó entre las 3
> y 30 millas náuticas, haciendo caso omiso,  lo indicado por el Reglamento de
> Ordenamiento de la pota, en relación a la interferencia con las faenas de
> pesca de las embarcaciones que operan en el área costera.
> 
> Por todo ello, señores autoridades de PRODUCE, preguntamos ¿Dónde está el
> principio del aprovechamiento racional y sostenido del “calamar gigante” o
> “pota”? ¿Dónde está la optimización de los beneficios obtenidos por su
> explotación? ¿A dónde va  la obtención de los mayores beneficios económicos
> y sociales,  que dispone  el artículo 11° de la Ley General de Pesca,  con
> este dispositivo, estos “supuestos beneficios… “ no  va hacia  los
> productores del  mar”, porque al contrario,  desde hace muchos años,
> políticas como la que han  emitido,  viene  haciendo daño  a los recursos
> pesqueros,  lo que  causa desde siempre,  perjuicios  socio-económicos a los
> Pescadores Artesanales,  tenemos  muchos ejemplos, como:
> 
> 1.     Rompimiento de las 05 millas marinas, establecida por opiniones
> técnicas científicas,  como área de reserva para la pesca artesanal  en el
> sur del Perú, sin embargo, a través de  “Regímenes Provisionales de Pesca de
> Anchoveta” (primero el famoso D.S. N°037-2003 y ahora el D.S.Nº 003-2008
> PRODUCE), han provocado una depredación masiva de anchoveta juvenil, y,  de
> otros recursos pesqueros costeros  para el consumo popular, caso de la
> “lorna”, “pejerrey”, etc., fuera del daño a recursos de  importancia
> comercial caso de corvina, lenguado, etc. 
> 2.     El caso de la SARDINA,  depredado por la industria.
> 3.     Los recursos JUREL y CABALLA, depredados sin considerar las tallas
> mínimas, amparados por dispositivos legales.  Ahora, los pescadores
> artesanales  no  capturan  estos recursos.
> 4.     En el norte la MERLUSA, depredado por la industria.
> 5.     La depredación de Macroalgas Marinas,  que a través de Resoluciones
> Ministeriales, dan el visto bueno, para depredar estos recursos,
> permitiéndose la extracción bajo el supuesto de recolección de “algas
> varadas”, lo que permite sólo el beneficio de los acopiadores, los moledores
> exportadores y grupos de personas, que ellos organizan, y motivan esta
> actividad, en desmedro  de nuestros recursos pesqueros.
> 
> Señores autoridades de PRODUCE ¿Cuál es el cumplimiento del Decreto Supremo
> Nº002-2007-PRODUCE, que dentro de sus considerandos, el Presidente de la
> República, dice  que en la población peruana, se vienen registrando altos
> índices de desnutrición, razón por la cual la Décimo Quinta Política de
> Estado del Acuerdo Nacional, adscrita al conjunto denominado Equidad y
> Justicia Social, prevé como objetivo establecer una política de seguridad
> alimentaria que permita la disponibilidad y el acceso de la población a
> alimentos suficientes y de calidad, para garantizar una vida activa y
> saludable dentro de una concepción de desarrollo humano integral; además,
> nos dicen, que es preocupación del Gobierno Nacional,  dotar a la población
> y a sus autoridades, de mecanismos eficaces para combatir la desnutrición, a
> través del empleo de los recursos naturales existentes en nuestro país, como
> la anchoveta, y la pota, generando el crecimiento de la industria nacional,
> orientándolo al mercado interno, previniendo las medidas necesarias para
> garantizar el continuo abastecimiento del referido recurso y procurando
> rebajar la tasa de desnutrición existente y la pobreza.
> 
> Y finalmente, en uno de sus artículos de este Decreto Supremo Nº
> 002-2007-PRODUCE,  indica que los  Ministerios de Defensa, Interior,
> Justicia y Salud, el Seguro Social de Salud (ESSALUD) adscrito al Ministerio
> de Trabajo y Promoción del Empleo, así, como el Programa Nacional de
> Asistencia Alimentaria (PRONAA) del Ministerio de la Mujer y Desarrollo
> Social,  destinarán no menos del 8% de su presupuesto y de de sus
> dependencias destinadas a la compra de alimentos para la adquisición de
> productos elaborados a base de “anchoveta” y “pota”.
> 
> Señores autoridades de PRODUCE, pregunto, ¿se cumple con todo lo indicado
> líneas arriba?
> 
> La familia pesquera artesanal  de Mollendo – Matarani, y,  del litoral de
> la Región Arequipa , que involucra a más  de 4000 pescadores y sus familias,
> estamos profundamente preocupados por ésta nueva  afrenta  a  un recurso tan
> importante para nosotros, como es el caso de la “pota” , que dada  la
> escases de los demás recursos pesqueros,  que antes sustentaban la pesca
> artesanal,  se inició  la explotación en la jurisdicción de Arequipa, con el
> recurso POTA,  desde el 2001 y desde ese momento,  es nuestro único sostén
> socio-económico,  pero ustedes sabrán ¿Cuánto de mano de obra permite esta
> actividad en los desembarcaderos, en las plantas de congelado, en las
> actividades conexas, transporte, comercio, etc.? 
> 
> También, hago de conocimiento, señores de PRODUCE, que sólo la temporada de
> pesca del “perico” ó “dorado”, o  las ovas de “liza voladora”, es de 02 a 03
> meses en el verano, mientras,  la actividad extractiva de la “pota”, es todo
> el año, además, de ello,  nuestro máximo pico de captura de “pota”,  ha sido
> el año 2005, con 25,000 toneladas, luego de ahí, las capturas han oscilado
> entre 10,000  y 15,000 toneladas, entonces,  se puede observar la baja
> disponibilidad, pero ¿Por qué razón? Simplemente, porque durante esos años,
> se han otorgado permisos a buques calamareros de bandera extranjera, para
> que pesquen fuera de las 20 millas náuticas. 
> 
> Ante estas evidencias e incumplimientos, es que a través de este escrito,
> pretendo alcanzar mi protesta, tan igual como la de los pescadores
> artesanales, y soy un convencido, que las Autoridades de PRODUCE, declararán
> su derogatoria o dejarán sin efecto, la R. M. N° 163-2010-PRODUCE, porque
> nos va  a  ocasionar un daño irreversible, si persistimos con promover la
> depredación de un recurso pesquero,  que no sólo pertenece al presente, sino
> también, al futuro de las nuevas  generaciones de pescadores artesanales, y
> para nuestro país, que nos urge la sostenibilidad y seguridad alimentaria.
> 
> También es urgente, el pronunciamiento de  nuestras autoridades del Gobierno
> Regional de Arequipa, y, de la Gerencia Regional de la Producción de
> Arequipa,  ante esta  forma legal de promover la depredación de un recurso,
> que  afectará a los miles de  pescadores artesanales de nuestra región y del
> litoral de nuestro país, a consecuencia de la R.M.Nº 163-2010-PRODUCE, que
> muy por el contrario, señores autoridades regionales, puede enfocarse
> también,  el desarrollo de las actividades de elaboración de preparaciones a
> base de pota pre-cocida dentro de los CETICOS, que va a contribuir
> significativamente en el desarrollo socio-económico sostenible de las
> regiones donde se ubican los mismos, tal es el caso de CETICOS Matarani,
> donde puede desarrollarse una importante industria de exportación dedicada
> al procesamiento de la pota, el cual sirva también, para el consumo
> nacional, que a través de las plantas para procesar el producto, permita a
> los pescadores o empresas, conservar producto para épocas de escasez.
> 
> Las actividades propuestas, están dirigidas a fomentar que se de a los
> productos un mayor valor agregado, que permita al país, el ingreso a nuevos
> mercados, con productos de mayor demanda y apreciación, que la simple
> materia prima.
> 
> 
> Toribio Mamani Machaca 
> Director DEFENSA MARINA 
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