[OANNES Foro] Eliminacion sobrecostos portuarios a raiz que INDECOPI FALLO

Juan Carlos Leon Siles jcleons en adexperu.org.pe
Mar Dic 20 16:48:46 PST 2011


Buen dia
Agradezco tu puntuales comentarios donde se evidencia tu conocimiento
CONUDFI es el gremio que nos representa y estamos seguros que esta vez lograremos eliminar estos ABUSIVOS SOBRECOSTOS
------Mensaje original------
De: Omar Cordova
Para: Oannes
Para: Oannes
Responder a: Oannes
Asunto: Re: [OANNES Foro]	Gestión: INDECOPI FALLA A FAVOR DE ALMACENES EXTRAPORTUARIOS , contra Juan Carlos Leon Siles
Enviado: 20 de dic de 2011 12:38

Estimado Juan Carlo,   Mi nombre es Omar Cordova, soy abogado y mi especialidad es el derecho maritimo, portuario y seguros. He revisado la resolución de Indecopi y la verdad es que dicha resolución padece de una investigación seria respecto a este tema. Por otro lado, el papel de Ositran como regulador tambien resulta paupérrimo.   Te comento dos ejemplos para graficarte lo causal (por usar un término coloquial) que ha sido la investigación de Indecopi:   a) En cuanto al pago de la garantía del contenedor: Con este pago lo que hace la línea naviera es trasladar el costo de la prima del seguro del contenedor (léase equipo y maquinaria) al consignatario de la carga lo cual es incorrecto en tanto que al tratarse de contenedores de líneas navieras, estos equipos son recibos por DP o APM y luego trasladados a los almacenes extraportuarios por estos o por encargo de la línea (salvo que exista un desvio). En consecuencia, el equipo nunca se encuentra bajo custodia del consignatario, sino de la propia línea naviera. En consecuencia ¿Es Justo, Legal o Correcto comercialmente que una persona natural o jurídica tenga que pagar una "prima de seguro" por un equipo que jamas estuvo dentro de su ambito de control físico o jurídico. Imposible.   b) Lavado y Devolución del Mismo: No existe este servicio en tanto que el contenedor de línea regular ingresa al terminal se realiza la desconsolidadación de la carga y posteriormente es remitido al terminal de vacios, que, oh sorpresa esta a la mano derecha, cruzando la calle. En consecuencia no existe tal servicio, practicamente los consignatarios de la carga estamos pagando un cargo de devolución que no existe.   Y no te cuento mas porque tengo que seguir. Te deseo suerte en tu lucha. Si necesitas algo me avisas.   Finalmente, el Informe de APN es una buena intención.   Slds,   Omar Cordova C.     -----Mensaje original----- De: oannes-bounces en lista.oannes.org.pe [mailto:oannes-bounces en lista.oannes.org.pe] En nombre de Juan Carlos Leon Siles Enviado el: martes, 20 de diciembre de 2011 10:23 Para: Foro Hispano Americano de Intercambio de Informacion sobre Temas de Mar(oannes en lista.oannes.org.pe); Oannes(oannes en lista.oannes.org.pe); Oannes(oannes en listas.rcp.net.pe) Asunto: [OANNES Foro] Gestión: INDECOPI FALLA A FAVOR DE ALMACENES EXTRAPORTUARIOS , contra Juan Carlos Leon Siles INDECOPI FALLA A FAVOR DE ALMACENES EXTRAPORTUARIOS , contra Juan Carlos Leon Siles
No obstante, esa entidad reconoce que falta transparencia en los cobros por servicios que dan agencias marítimas y almacenes situados fuera del puerto del Callao.
 
El Tribunal de Defensa de la Competencia del Indecopi confirmó una resolución de esa entidad declarando infundado un reclamo de los usuarios del puerto del Callao de que diversos operadores marítimos estarían incurriendo en concertación de precios en perjuicio de importadores y exportadores.
 
La denuncia había sido planteada por Juan Carlos León Siles, en contra de 16 empresas, entre agencias marítimas y almacenes extraportuarios, reclamando que se habrían coludido para realizar cobros excesivos por sus servicios, para cobrar por otros servicios inexistentes y cargar a los usuarios por conceptos que correspondían a líneas navieras. Entre los cobros inexistentes figuraban el de gremios o manipuleo de la carga -pues esos servicios son dados por el puerto-, cobros por garantía del contenedor, por la separación de la carga o desvío del contenedor, lavado y devolución del mismo. León había reclamado que existía presión de parte de los operadores para que los usuarios pagaran por los servicios cuestionados, pues de lo contrario no podían acceder a su carga.
 
No obstante, el Tribunal consideró que no existían indicios que acreditaran que los cobros en cuestión obedecieran a una práctica colusoria.
 
Sin embargo, la citada instancia reconoció que si existía este tipo de reclamos los mismos se pueden explicar por una falta de transparencia en la facturación de los servicios o falta de claridad en la determinación del agente que debía asumir sus costos. "Esta falta de claridad podría tener como origen la falta de regulación que apunte a brindar mayor transparencia en los servicios cobrados y facturados por agencias marítimas y terminales de almacenamiento, problema que se podría reducir dando mayor información a los usuarios, a través de políticas de carácter sectorial", observó el tribunal.
 
Para recordar
 
La historia de los sobrecostos
 
Tras la creación de la APN los agentes marítimos la acusaban de doble cobro.




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