[OANNES Foro] MINISTRA TRIVEÑO DA MARCHA ATRÁS EN EL IMPOPULAR DS 005-2012

Héctor Huaroc Motto hhm4748 en hotmail.com
Mie Sep 19 16:33:55 PDT 2012


Parece ser que la cordura se va imponiendo y la ministra Triveño comprende que el DS 005-2012-PRODUCE no tiene pies ni cabeza y que es antitécnico, ilegal y dañino para el pescador artesanal y el consumo humano directo. En las mesas de trabajo se ha aceptado que las embarcaciones mayores de 10 m3 sigan estando en control de los gobiernos regionales como manda la ley. Además, estas naves podrán pescar dentro de las 5 millas con un sistema satelital barato y que solo se pagaría en días de pesca efectivo. Por otro lado, los pescadores artesanales exigen que se controle efectivamente a las plantas de reaprovechamiento de descartes y residuos, las mismas que no han invertido en el consumo humano y que hacen harina todos los días en grandes cantidades sin que el control de la pésima DIGSECOVI se haga notar. Los pescadores han censurado el trabajo que viene realizando Jesica Pino quien ha sido incapaz de estar a la altura del cargo. De nada sirve cualquier norma si las plantas de reaprovechamiento siguen trabajando sin obedecer las leyes y en las narices de PRODUCE. Finalmente, se debate la manera en que las sanciones que se imponga a los infractores no sean tan altas como lo fija el inviable DS 005 y que es mayor para los pequeños que para las grandes empresas industriales. Hay que ser coherente y medir a cada cual según su tamaño y no ser tan duros con los pequeños y blando con los grandes.  Lo que ha llamado la atencíon es que hasta ahora PRODUCE no ha publicado en su portal el DS 005-2012-PRODUCE. A pesar de poner algunos comunicados de diminutas organizaciones y sindicatos sin personería, en la seción de dispositivos legales no se halla la impopular norma firmada por la señora Triveño hace casi un mes. Es cierto que el Ministerio vive en un gran retraso, pero esto es exagerado. Se dice que las fallas de orden legal son tan evidentes como el artículo 6 que habla de "producción del recurso Anchoveta (ENGRAULIS RINGENS) y Anchoveta Blanca (Anchoa Nasus)" , el absurdo artículo 9 que no tiene sentido y el vergonzoso párrafo final del artículo 11 que pretende sancionar a "los recursos hidrobiológicos". Al parecer habrían otras graves fallas jurídicas cometidas por los autores de la norma que han obligado a prohibir su publicación y empujarían a una próxima emisión de una norma distinta. Si es para no seguir dañando a los pescadores artesanales, en buena hora. Los que no se sienten conformes son los armadores de madera de la Ley 26920 quienes seguirían obligados a pescar fuera de las 10 millas. Produce estaría estudiando que las embarcaciones hasta 60 m3 pudieran mantenerse en el sistema de pesca después de las 5 millas, aunque no habría coherencia legal para discriminar entre embarcaciones del mismo régimen creado por ley y que pretende modificarse por Decreto Supremo. hÉCTOR hUÁROC 		 	   		  
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