[OANNES Foro] TEXTO SUSTITUTORIO LEGALIZA PLANTAS DE REAPROVECHAMIENTO

rocio del pilar vasquez goicochea pescaperuana_33 en hotmail.com
Sab Mayo 25 08:15:09 PDT 2013


Al propósito del
texto sustitutorio en mención, en su articulo 4, numeral 2: dice
" Tratándose de embarcaciones pesqueras de más de 10
metros cúbicos y menores de 32.6 metros cúbicos de bodega,
que pesquen exclusivamente el recurso Anchoveta, con destino para el CHD,
...............  Solamente
cambiando el termino de "preferentemente" por exclusivamente, queda
sin efecto el DS 017-2011-PRODUCE,  que permitía a los conserveros,
congeladores, curados y de corte primario, excepcionalmente destinar hasta
el 40% del total recibido del recurso que no haya sido considerado para el
proceso  por parte de las embarcaciones de menor escala por selección de
talla, peso o calidad a la elaboración de harina residual.  

Pero
existe otro punto importante dentro del articulo 14, numeral 1,  que cae en serias contradicciones, primero  cuando se señala que las embarcaciones
pesqueras dedicadas a la extracción del recurso Anchoveta, podrán descartar
hasta el 8% de la materia prima descargada… ¿?.... (previo informe del IMARPE e
ITP  para el calculo del porcentaje), OJO,
a efectos que sea procesada en las plantas de harina residual y de
reaprovechamiento de descarte y residuos.  

¿8%?.... esto esta fuera de la
realidad, primero porque no contamos con muelles y desembarcaderos acondicionados
para un adecuado desembarque y manipuleo de los recursos, además que las
descargas se continúan realizando a través de chiguillos o baldones de plásticos,
que en honor a la verdad no son las herramientas más higiénicas para descargar  materia prima que alimentara humanos, lo cual
obligadamente generara el descarte. Esto no tiene nada que ver con el descarte
generado dentro de la barca.  

Ahora
referente a las plantas de reaprovechamiento, porque si queremos clarificar la
situación en la pesquería, primero no empezamos llamando las cosas por su
nombre, por ejemplo,  estas plantas son  Empresas de Tratamiento de Residuos Sólidos
(ETRS), e ingresaron al sector sólo para solucionar el problema ambiental
generado en el norte del país con los residuos de Pota y solo se permitía su
funcionamiento en localidades donde no hubieran plantas de harina residual
o convencional y  podían PROCESAR
RESIDUOS Y DESCARTES GENERADOS EN DESEMBARCADEROS ARTESANALES Y MERCADOS…. Verdadera
actividad que fue degenerada bajo la complicidad de los gobiernos regionales,
que les permitieron el crecimiento desmesurado de la flota de Menor Escala, que
pescaban con pretexto para el CHD, pero terminaban desviando su pesca a las
reaprovechadoras. Es por eso, que  la
Comisión de Producción al permitirle que procesen descartes y residuos del CHD,
no solamente está perforando el marco jurídico de la actividad del CHD, sino
también urge la necesidad de modificar la Ley General de Pesca, que
solamente contempla a las plantas de harina residual como complemento de las
fábricas del CHD (conserveras y congeladoras).  

Sería
importante que la Comisión de Producción antes de emitir alguna norma, tome en cuenta
bien la LGP, además que no se trata de tirarle salvavidas a unos cuantos que
ingresaron por la puerta falsa, que invirtieron en un sector sobre poblado y
aleatorio, además que antes de intereses particulares esta el interés nacional,
la protección y preservación del recurso marino.   

Por
otro lado, amigos costileros quiero informales que PERUPESQUERO no solamente estará
en la revista y en su portal www.perupesquero.pe,
desde hoy  sábado también  estará en la TELEVISION, todo lo referente a
la pesca, reportajes e informes especiales. Ustedes podrán ver el desarrollo
del programa  a través del canal 55, y
por internet a través de www.canal55chimbote.com,  ingresando a señal en vivo.  ARCHIVOS SECRETOS el programa de investigación
periodística para Chimbote, Ancash y todo el mundo.
                      Rocío Vásquez G.

           Directora Revista "PERUPESQUERO"

                 www.perupesquero.pe

                      Nex. 620*8228


From: pescaperuana_33 en hotmail.com
To: oannes en lista.oannes.org.pe
Date: Fri, 24 May 2013 13:44:43 -0500
Subject: [OANNES Foro] TEXTO SUSTITUTORIO LEGALIZA PLANTAS DE	REAPROVECHAMIENTO

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Sesi�n de Comisi�n de Produccion y Taller de analisis sobre el predictamen de los proyectos de Ley N� 14/2011, PL N� 517/2011 y PL N� 1669/2011, ser�a solo un enga�a muchachos, que terminar� unicamente con la nueva legislatura para agosto del a�o en curso, con posibles presidentes, Angel Neyra o Rogelio Canchis, ambos autores de los proyectos de Ley en debate, cuyas conclusiones, terminaron en un texto sustitutorio, con nombres y apellidos el mismo que se pretende avalar. Uno, un ilustrisimo miembro de la SNP y el segundo, un honorable "compa�ero" de Agust�n Mantilla y protegido del gobernador regional de Ancash.

Llama la atenci�n que los analistas y meticulos miembros de la SNP, no se hayan dado cuenta que el texto sustitutorio, que se supone es la conclusi�n del analisis del predictamen de los proyectos de ley, ordenar�an lo que la 005 gener�, sin embargo lo que hace en su Art. 12 numeral 1 es colocar a las plantas de reaprovechamiento, al nivel de una planta de harina residual,  categorizandolas que pueden las primeras, recibir, aparte de  residuos y descartes provenientes de muelles y mercados, mas lo que genera el CHD, en pocas palabras LAS LEGALIZA Y LAS CONVIERTE EN PLANTAS DE HARINA RESIDUAL. �que pas�? no que se queria evitar el desvio de la Anchoveta para harina ilegal? �entonces para que el Ministerio de la Produccion viene preparando un millonario Reglamento de Control y Vigilancia de los Recursos Marinos para el CHD?

Otro punto, es que si los congresistas recien estan haciendo un debate y evaluando el impacto que ocasiona la 005, es incongruente que se pretenda validar un texto sustitutorio, con la presencia de los actores sociales que ten�an diferentes opiniones sobre el particular y no se lleg� a un concenso. 

Porque perder tiempo si las opiniones y expocisiones que se dieron en las cinco mesas de trabajo, no tiene efecto vinculante, y peor aun no son validados por los grupos de inter�s, porque marcan distancia de las pretenciones ministeriales.

Y para finalizar, ser�a bueno que el consultor contratado por la WWF PERU Carlos Paredes, realice una investigacion profunda sobre los marcos legales de plantas residuales y de reaprovechamiento, o es que las conoce tan bien y pretende favorecerlas, porque tendria que tener en cuenta que ambas tiene un marco legal diferente, pues una residual esta dentro de la LGP y es el complemento del CHD, mientras que la de reaprovechamiento tiene otras normas y fueron creadas por necesidad, para evitar la contaminaci�n del medio ambiente en Paita y Talara (con la indiscriminada y contaminante quema de residuos y descartes de pota en pampas ilegales).

 

 


                      Roc�o V�squez G.
           Directora Revista "PERUPESQUERO"
                 www.perupesquero.pe
                      Nex. 620*8228



Sesi�n de Comisi�n de Produccion y Taller de analisis sobre el predictamen de los proyectos de Ley N� 14/2011, PL N� 517/2011 y PL N� 1669/2011, ser�a solo un enga�a muchachos, que terminar� unicamente con la nueva legislatura para agosto del a�o en curso, con posibles presidentes, Angel Neyra o Rogelio Canchis, ambos autores de los proyectos de Ley en debate, cuyas conclusiones, terminaron en un texto sustitutorio, con nombres y apellidos el mismo que se pretende avalar. Uno, un ilustrisimo miembro de la SNP y el segundo, un honorable "compa�ero" de Agust�n Mantilla y protegido del gobernador regional de Ancash.

Llama la atenci�n que los analistas y meticulos miembros de la SNP, no se hayan dado cuenta que el texto sustitutorio, que se supone es la conclusi�n del analisis del predictamen de los proyectos de ley, ordenar�an lo que la 005 gener�, sin embargo lo que hace en su Art. 12 numeral 1 es colocar a las plantas de reaprovechamiento, al nivel de una planta de harina residual,  categorizandolas que pueden las primeras, recibir, aparte de  residuos y descartes provenientes de muelles y mercados, mas lo que genera el CHD, en pocas palabras LAS LEGALIZA Y LAS CONVIERTE EN PLANTAS DE HARINA RESIDUAL. �que pas�? no que se queria evitar el desvio de la Anchoveta para harina ilegal? �entonces para que el Ministerio de la Produccion viene preparando un millonario Reglamento de Control y Vigilancia de los Recursos Marinos para el CHD?

Otro punto, es que si los congresistas recien estan haciendo un debate y evaluando el impacto que ocasiona la 005, es incongruente que se pretenda validar un texto sustitutorio, con la presencia de los actores sociales que ten�an diferentes opiniones sobre el particular y no se lleg� a un concenso. 

Porque perder tiempo si las opiniones y expocisiones que se dieron en las cinco mesas de trabajo, no tiene efecto vinculante, y peor aun no son validados por los grupos de inter�s, porque marcan distancia de las pretenciones ministeriales.

Y para finalizar, ser�a bueno que el consultor contratado por la WWF PERU Carlos Paredes, realice una investigacion profunda sobre los marcos legales de plantas residuales y de reaprovechamiento, o es que las conoce tan bien y pretende favorecerlas, porque tendria que tener en cuenta que ambas tiene un marco legal diferente, pues una residual esta dentro de la LGP y es el complemento del CHD, mientras que la de reaprovechamiento tiene otras normas y fueron creadas por necesidad, para evitar la contaminaci�n del medio ambiente en Paita y Talara (con la indiscriminada y contaminante quema de residuos y descartes de pota en pampas ilegales).

 

 


                      Roc�o V�squez G.
           Directora Revista "PERUPESQUERO"
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