[OANNES Foro] CONVEMAR: MUTILACION DE 200 MILLAS MARINAS

rocio del pilar vasquez goicochea pescaperuana_33 en hotmail.com
Mie Jul 9 20:00:03 PDT 2014


 

Roberto,

La CONVECION DEL MAR es totalmente incompatible a
la Constitución Política del Perú y lo demostraremos tomando solo 6 puntos que los
convecionistas manejan, cuyas respuestas anotamos para que todos analicen…  

1.-La Convención del Mar recoge la tesis peruana de las 200
millas, al igual que la Constitución.

FALSO: La
llamada tesis peruana es en realidad la DOCTRINA PERUANA DEL MAR TERRITORIAL
que desde 1947 dejó establecida claramente la soberanía y jurisdicción del Perú
hasta la distancia de 200 millas. La Convención del Mar NO recoge un ápice de
esa doctrina desde el momento que no reconoce la soberanía y jurisdicción del
Perú en las 200 millas. Mucho menos la Constitución, cuyo Art. 54 establece que
el dominio marítimo de 200 millas ES PARTE DEL TERRITORIO NACIONAL y goza de
soberanía y jurisdicción, que no reconoce la Convención del Mar, al punto de
limitar la soberanía (supuesta) a sólo 12 millas de ancho.

2.-Con la Convención del Mar el Perú asegura las 200 millas
de soberanía y jurisdicción en su dominio marítimo porque otorga el
reconocimiento de la comunidad internacional a los derechos del Perú sobre ese
espacio.

FALSO: No
sólo no se asegura NADA con la Convención del Mar, sino que se pierde la
soberanía y jurisdicción exclusivas sobre las 200 millas del dominio marítimo
del Estado (Constitución Art. 54), ya que la Convención legisla y decide sobre
TODOS LOS MARES de los países que la aceptan, y establece que el "mar
territorial" queda limitado a 12 millas, y que en éstas 12 millas se
cumplen las disposiciones de la Convención del Mar. Entonces en nuestro mar
dejaría de regir la Constitución del Perú, con lo que el país perdería
definitivamente su soberanía y jurisdicción EXCLUSIVAS sobre el íntegro de las
200 millas.

3.-La Convención es el único instrumento mundialmente
reconocido y en vigor para hacer valer nuestros derechos e intereses en todo el
espacio marítimo: es la "Constitución de los océanos".

FALSO:
Todos los instrumentos internacionales, tengan muchos ó pocos adherentes son
igualmente válidos para el grupo de países que participan en ellos. El hecho
que la Convención del Mar sea reconocida por los 149 países que la integran
(muchos de ellos ni siquiera tienen acceso directo al mar) no impide que
existan (y de hecho existen) muchos otros documentos que TAMBIÉN conforman el
Derecho Internacional del Mar. Uno de éstos es el acto jurídico de
reivindicación marítima del Perú de 1947, aceptado y respetado
internacionalmente. Pero la Convención del Mar no está dispuesta a reconocer
nuestros bien adquiridos derechos sobre el mar adyacente a nuestras costas,
prueba de ello es que pretende recortar nuestro mar territorial a solamente
doce millas. Debe saberse que nuestros derechos sobre el mar no requieren de
nadie que los proteja y de hecho nadie lo haría, porque lo que prima en las
decisiones de otros Estados es el interés, motivo que los impulsa a presionar
al Perú, en espera de poder  “cosechar" en la mal llamada "zona
económica exclusiva" del mar más rico del mundo.

4.-La Convención del  Mar garantiza que el mar sea
utilizado exclusivamente para fines pacíficos. La Convención del Mar proscribe
la amenaza o el uso de la fuerza en el mar. Cualquier ejercicio o maniobra
militar dentro de las 200 millas requeriría autorización de nuestro país.

FALACIA:
Todos los tratados internacionales "garantizan" el uso del mar para
fines pacíficos. Esta es letra muerta, porque con Convención o sin ella, el
país que quiera agredirnos lo hará y no le pedirá permiso a nadie, mucho menos
a nosotros. Cualquier maniobra militar dentro de las 200 millas requerirá
nuestro permiso (¿acaso ahora no se requiere lo mismo?) Pero la Convención del
Mar es un tratado reglamentario sobre uso del mar y no sirve para la defensa
militar.

5.- La Convención del
Mar obliga a los Estados a responder por el daño ambiental que ocasionen sus
naves en el dominio marítimo peruano.

FALACIA:
Si el Perú ingresara a la Convención del Mar perdería su soberanía y
jurisdicción exclusivas sobre el Mar de Grau, y en consecuencia no estaría en
condiciones de obtener resarcimientos ambientales de otros Estados salvo acudir
al Tribunal Internacional de Mar, donde tendría que ganar en juicio a los
países más poderosos del mundo. Sin tener que ir tan lejos, dentro del Perú,
¿acaso el gobierno ha sido capaz de impedir daños ambientales de las grandes
mineras y petroleras que explotan actualmente nuestros recursos naturales? Lo
que no pudo obtener en tierra con soberanía y jurisdicción, ¿lo conseguiría en
el mar sin soberanía ni jurisdicción?

6.-Con la Convención del Mar el Perú participará de pleno
derecho en el desarrollo del Derecho del mar contenido en este código de los
océanos.

FALACIA:
Lo que debemos mantener es el Derecho a la soberanía y jurisdicción exclusivas
sobre las 200 millas de nuestro mar territorial. Si con la Convención del Mar
perdemos los 864,000 km2 de territorio marítimo, ¿de qué nos sirve participar
en el desarrollo del "Derecho del Mar"?


                      Rocío Vásquez G.

           Directora Revista "PERUPESQUERO"

                 www.perupesquero.pe

                      Nex. 620*8228
 		 	   		  
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