[OANNES Foro] SEGURO OBLIGATORIO DE TRIPULANTES

JOSE ANGEL DE LA CRUZ SOTOMAYOR jose_delacruzsotomayor en yahoo.com
Dom Sep 24 11:21:33 PDT 2017


Amigos de la lista.

 

Según el  Ministerio dela Producción, el instrumento promovido por el Estado protegerá laembarcación de los pescadores artesanales, a los tripulantes de la misma y alos terceros que puedan resultar afectados. 

Giuffra indicó en suoportunidad que será una suerte de SOAT náutico porque cubrirá invalideztemporal y permanente, atención médica, muerte y sepelio y que el segurobeneficiará a 12.000 mil personas. 

Pero existen condiciones quecontemplan las Compañías de Segurony a mi entender los Armadores Pesqueros Artesanalesno podrán atender el Articulo 4.2.b Obligaciones del Asegurado.-  En el sentido de cumplir con lasdisposiciones relacionadas con la Seguridad de la Embarcación Pesquera durantela faena de pesca para evitar los siniestros o para minimizar la gravedad eintensidad de sus posibles consecuencias.

En lo que respecta a lasembarcaciones artesanales desde mi punto de vista cerca del 70% de la flota noreúne las condiciones mínimas de seguridad y por lo tanto no estarán sujetas aser aseguradas, los inspectores de seguro las observaran y no les darán lacobertura correspondiente.  Así  mismo, observaran que lasdimensiones reales de las embarcaciones no coinciden con las característicasdescritas en el Certificado de Matricula.

En cuanto al seguro de latripulación sabemos perfectamente que más del 60% de los tripulantes dedicadosa la pesca artesanal y de menor escala navegan sin libreta de embarco y por lotanto no figuran en los zarpes diarios; requisito indispensable para que atiendan al tripulante accidentado.

En conclusión debemossincerar la información sobre las dimensiones y características de lasembarcaciones pesqueras  artesanales y de menor escala; a los tripulantesformalizarlos mediante el otorgamiento de las libretas de embarco requeridas por ley.

La obligatoriedad de contar con una póliza de seguros para cubrirriesgos de las embarcaciones y seguro de accidentes de los tripulantes es paralos armadores o propietarios de embarcaciones pesqueras artesanales o de menorescala quienes deben asumir los pagos correspondientes. 

El costo del seguro de la embarcación dependerá de la valorización queasuma el Perito de Seguros que representa entre el 2.5 - 3.0 % del valorasegurado y el seguro de accidente de la tripulación podría estar en el ordende los US 25.00 (veinticinco dólares americanos) por tripulantes anual con unacobertura según el Reglamento de:

·       Por Muerte   9  UIT, Por Invalidez permanente 9 UIT, PorIncapacidad Temporal: 1.5 UIT, Por Gastos médicos hasta 5 UIT, Por Gastos desepelio 1.5 UIT.

·        Esta cobertura no incluyeenfermedad.

·       1 UIT   (S/. 4,050.00)

Enninguna de las condiciones y obligaciones de las partes en el proyecto deReglamento de la Ley que crea el Seguro Obligatorio de  los Pescadores no se menciona la obligación depresentar el Zarpe donde la Capitanía de Puerto da fe de la cantidad y nombre delos tripulantes que están saliendo a pescar en determinada embarcación.  Esta condición es básica para lasliquidaciones de las pólizas por cuanto el Seguro es para un determinado númerode tripulantes en la embarcación pesquera y no tienen nombre propio.

 

Jose De La Cruz Sotomayor

 


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