[OANNES Foro] Modifican la R.M. N° 329-2017-PRODUCE en el extremo del período de veda para la pesquería del atún correspondiente al año 2017

JOSE ANGEL DE LA CRUZ SOTOMAYOR jose_delacruzsotomayor en yahoo.com
Jue Sep 28 11:07:39 PDT 2017


Amigos de la lisa:
Mediante Resolución  Ministerial N° 446-2017-PRODUCE de fecha 26 deSetiembre 2017 se modifica la Resolución  Ministerial N° 329-2017-PRODUCE.
Sobre el particular debo indicar que durante la 91° ReuniónExtraordinaria de la CIAT llevada a cabo durante los días 7 – 10 de Febrero2017 se aprobó la Resolución CIAT C-17-01  Conservación del Atún en el OPO para lo cual seacordó:

Aplicar en el Área de la Convención,  la pesca de los atunes aleta amarilla, patudoy barrilete por buques cerqueros dentro de la zona de 96º y 110º O y entre 4ºNy 3ºS, las medidasde conservación y ordenación para los atunes aleta amarilla y patudoestablecidas y solicita que el personal de la CIAT déseguimiento a las actividades de pesca de los buques del pabellón de los Miembros y no Miembros Cooperantes (CPC) con respecto a este compromiso, y que informe de estas actividadesen la próxima reunión de la Comisión.

1. Las presentes medidas son aplicables en 2017 a todos losbuques de los CPC de cerco de clase de capacidad de la CIAT 4 a 6 (más de 182toneladas métricas de capacidad de acarreo), y a todos sus buques de palangrede más de 24 metros de eslora total, que pesquen los atunes aleta amarilla,patudo y barrilete en el Área de la Convención. 

2. Los buques cañeros, curricaneros, y de pesca deportiva, ylos buques de cerco de clases de capacidad de la CIAT 1 a 3  (182 toneladas métricas o menos de capacidadde acarreo) no quedan sujetos a las presentes medidas. 

3. Todos los buques de cerco abarcados por las presentesmedidas deben cesar de pescar en el Área de la Convención durante un período de62 días en 2017. Estas vedas serán aplicadas en uno de dos períodos de la formasiguiente: 

Del 29 de julio hasta el 28 de septiembre de 2017, o del 18de noviembre de 2017 hasta el 18 de enero de 2018. 

Se Vuelva a Ratificar que:

a)     La Comisión reconoce que Francia, en su calidadde Estado costero, está desarrollando una flota atunera palangrera de parte desus territorios de ultramar situados en el Área de la Convención. 

b)     La Comisión reconoce que Perú, en su calidad deEstado costero, desarrollará una flota atunera palangrera, que operará enestricto cumplimiento de las normas y disposiciones de la CIAT y de conformidadcon las resoluciones de la CIAT.

Mediante la RM N° 329-2017-PRODUCE  en atención a lo Acordado en la CIAT se determinóla veda para las embarcaciones entre 4 – 6 de capacidad mayores a 182 ton. decapacidad de acarreo que operen en el OPO del 29 de Julio de hasta 28 de Setiembre2017.
Mediante Resolución  Ministerial N° 446-2017-PRODUCE de fecha 26 deSetiembre 2017 se rectifica la Resolución Ministerial N° 329 en el sentido  que se determine la veda del Atún en elcuadrante prohibido del 29 de Julio  hasta las 2400 horas del 8 de Octubre 2017.

Señores tenemos que tener más cuidado con las Vedas yAcuerdos asumidos con carácter internacional

El Perú podía escoger dos fechas de Vedas:

a)     Del 29 de julio hasta el 28 de septiembre de2017, o 

b)     Del 18 de noviembre de 2017 hasta el 18 de enerode 2018. 
No así la que finalmente acordaron según Resolución  Ministerial N° 446-2017-PRODUCE,  Veda del 29 de Julio al 8 de Octubre 2017.

Jose De La Cruz Sotomayor
 

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