[OANNES Foro] Artículo: Ley de cuotas de pesca es inconstitucional

Hernan Pacha Guevara hernanbamio en gmail.com
Mar Jun 23 16:44:56 PDT 2009


Hola amigos:



Los primeros análisis de la aplicación de la Ley de Cuotas van confirmando
lo que temíamos.  Y al final el mercado de la pesca industrial estará
conformado por las grandes plantas con grandes flotas pesqueras.



En líneas siguentes remito el artículo que apareció en La República, 23 de
junio del 2009.



Que tengan un buen día,



Hernán Pacha Guevara

Ilo-Perú





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*Ley de Cuotas de Pesca es inconstitucional *

Mar, 23/06/2009 - 23:14  LA REPUBLICA

Principio del formulario

 Por Juan Francisco Rojas
Abogado

Final del formulario

La regulación mejora el funcionamiento de los mercados. Sin embargo, la mala
regulación puede fomentar el abuso de la posición de dominio a favor de los
monopolios u oligopolios. El Gobierno ha logrado, con la promulgación del
Decreto Legislativo Nº 1084, Ley de Cuotas de Pesca en la captura de
anchoveta en el litoral peruano, que los grupos de poder en dicho mercado
puedan consolidar sus ventajas y excluir abusivamente la competencia de las
embarcaciones y de las plantas procesadoras independientes1.

Desde la promulgación de la norma –falsamente amparada en la adecuación
normativa para satisfacer el TLC con los Estados Unidos– se advirtió que
existía una manipulación de estos grupos para eliminar la competencia y que
detrás de los estudios “técnicos” financiados precisamente por ellos se
trataba de dominar abusivamente el mercado.

El tiempo ha confirmado las especulaciones. El libreto ha sido ejecutado a
perfección y el resultado es exitoso: el abuso de posición de dominio
exclusorio eliminará a los agentes independientes y consolidará el dominio
de los poderosos e influyentes grupos pesqueros.

La acción inicial estuvo orientada a asegurar que la norma premiara la
capacidad de bodega y no los rendimientos históricos de captura de las
embarcaciones. Con esta opción se aseguraba que las flotas de embarcaciones
vinculadas a las grandes plantas procesadoras obtuvieran las cuotas más
grandes, mientras que las cuotas reducidas fueran para los barcos
independientes. Asimismo, con la asignación de cuotas, las flotas vinculadas
a las grandes plantas, aseguraban el recurso sin la necesidad y el riesgo de
salir a buscarlo en zonas del mar alejadas de sus plantas.

El segundo acto ha consistido en no utilizar las flotas pesqueras propias
para capturar el recurso en la campaña de este año y extrañamente pagar
precios exorbitantes a las embarcaciones independientes para la descarga de
la pesca en sus plantas y no en las plantas independientes. Con esta acción,
se ha logrado poner en riesgo la continuidad de las plantas independientes
que no tienen capacidad financiera para pagar los precios impuestos
abusivamente por los líderes. En paralelo, se logra dar apariencia de un
pago ventajoso para embarcaciones independientes. Sin embargo, en el tercer
acto, una vez eliminadas las plantas independientes, las grandes plantas
vinculadas a las grandes flotas, únicamente se proveerán del recurso con sus
propias flotas, con la consiguiente desaparición de los pescadores
independientes.

Al final, el mercado estará conformado por grandes plantas con grandes
flotas pesqueras que manipularán el precio del recurso a su antojo. La
competencia inexistente asegurará a estos recuperar las pérdidas que podrían
estar enfrentando en el proceso de eliminar a sus competidores mediante el
abuso que su posición de dominio les permite, y gracias a la regulación
hecha a medida.

¿Quiénes se perjudican? Una gran cantidad de tripulantes de barcos han
perdido ya sus trabajos. También lo han hecho los técnicos vinculados a la
actividad de mantener los barcos como son mecánicos, electricistas,
soldadores, torneros, reparadores de redes, entre otros. Al cerrase las
plantas independientes, una gran cantidad de obreros se sumarán a los
perjudicados, así como, el daño de las actividades económicas conexas.

El combate contra los monopolios u oligopolios es un mandato constitucional.
Fomentar su acción abusiva por decretos legislativos es inconstitucional. El
Estado debiera garantizar la competencia.

*1 Plantas procesadoras de harina de pescado*
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