[OANNES Foro] La Trazabilidad

Señor de las Olas senordelasolas en gmail.com
Mar Abr 26 10:37:09 PDT 2011


La Trazabilidad

Salomón Manzur Salgado (*)

La Trazabilidad es uno de los principios esenciales del nuevo marco jurídico
de la Seguridad Alimentaria en el mundo. Este concepto constituye una
obligación legal del operador económico que debe establecer un conjunto de
acciones, medidas y procedimientos técnicos para identificar y registrar
cada producto desde su nacimiento hasta el final de la cadena de
comercialización con el objetivo de garantizar su calidad. En buena cuenta,
se crea una nueva obligación para los exportadores de empresas alimenticias
y, con ello, se elimina el anonimato y la ausencia de responsabilidades.

En el Perú, la industria pesquera de consumo humano indirecto, es decir los
productores de harina y aceite de pescado, no cumplen con la Trazabilidad ni
con la alta exigencia de los Programas de Aseguramiento de Calidad (PAC),
para productos como el aceite de uso farmacéutico, así como el consumo
humano.

Un ejemplo grafica esta grave omisión: la flota pesquera que se utiliza en
la extracción adolece de sistemas de refrigeración y/o preservación del
cargamento de peces. El transporte a granel en grandes bodegas no permite la
acomodación óptima, por lo que la materia prima llega al puerto en estado de
descomposición. Algo sumamente grave.

Pero allí no queda todo. En el puerto, los desechos de las fábricas de pesca
industrial vertidas al mar (humos pestilentes acompañado de sólidos finos)
contaminan el ambiente, afectan el ecosistema y dejan sin oxígeno a la bahía
en la que están instaladas.

El Decreto Nº 178/2002 del Mercado Común Europeo establece que todos los
alimentos que ingresan a Europa tienen como obligación la Trazabilidad con
información descriptiva de las etapas de extracción, producción,
procesamiento y distribución. Lo que es más, el último 13 de abril, en
Bruselas, el Perú suscribió el Tratado de Libre Comercio con la Unión
Europea que fija como requisito uno de los mandatos de la Eurocámara, es
decir, exige que se garanticen los estándares de calidad e higiene para las
importaciones pesqueras que ingresen a sus mercados.

Por su parte, Estados Unidos implementó el acta de Bioterrorismo que también
establece la obligación de informar sobre las etapas de la cadena de los
productos importados.

Como se puede apreciar, se trata de una tendencia mundial para evitar el
caos generalizado en la importación de alimentos en sus más diversas
variantes, pero los pesqueros industriales peruanos que producen esta harina
y aceite de pescado hacen caso omiso a esa medida.

Las autoridades peruanas están notificadas sobre esta exigencia de la
Comunidad Europea.  La competitividad del Perú en el ámbito internacional,
el futuro de las exportaciones y la propia seguridad alimentaria no pueden
ser afectados por hacer desacatar este nuevo mandato jurídico internacional.


 

(*) Presidente de la Asociación Nacional de PYMES y Medianas Empresas
Pesqueras de Consumo Humano Directo  (PYMPEZ)

 

 

 

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