[OANNES Foro] CONVEMAR: MUTILACION DE 200 MILLAS MARINAS
jose cachique
pescamaz_00 en yahoo.es
Jue Jul 10 08:15:54 PDT 2014
Saludos
Sra. Roció
Si me permite un breve comentario al respecto del vuestro, sobre la Convención del Mar (CONVEMAR), del cual los Pescadores Artesanales en sus múltiples Congresos Nacionales, nos ratificamos en NO a la firma de la CONVEMAR. Este tema ya está zanjado por los pescadores artesanales. Sin embargo, al Personaje (Roberto Viera) que Usted aclara y que se titula como Presidente del Frente Nacional de Defensa de los Pescadores, está metido en cuanto medio de comunicación se le antoje. Irrogándose representar también a la pesca artesanal sorprendiendo a todos los medios de comunicación. No nos hace ningún bien a los pescadores artesanales del Perú, su falsa representatividad.
Por si no lo sabe, en muchas oportunidades los pescadores artesanales acompañados por doctos en la materia, que defendemos la práctica y la tesis de la No firma de la CONVEMAR, salimos al frente ante las arremetidas de las Autoridades gubernamentales, que querian firmar la CONVEMAR.
Sra. Rocio, que no la sorprendan a Usted también opiniones de personajes autotitulados.
Por otro lado, bien por su comentario.
Att.
José cachique diaz
Pescador artesanal.
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El mié, 9/7/14, rocio del pilar vasquez goicochea <pescaperuana_33 en hotmail.com> escribió:
Asunto: [OANNES Foro] CONVEMAR: MUTILACION DE 200 MILLAS MARINAS
Para: "oannes en lista.oannes.org.pe" <oannes en lista.oannes.org.pe>
Fecha: miércoles, 9 de julio, 2014 22:00
Roberto,
La CONVECION DEL MAR es
totalmente incompatible a
la Constitución Política del Perú y lo demostraremos
tomando solo 6 puntos que los
convecionistas manejan, cuyas respuestas anotamos para que
todos analicen…
1.-La
Convención del Mar recoge la tesis peruana de las 200
millas, al igual que la Constitución.
FALSO:
La
llamada tesis peruana es en realidad la DOCTRINA PERUANA DEL
MAR TERRITORIAL
que desde 1947 dejó establecida claramente la soberanía y
jurisdicción del Perú
hasta la distancia de 200 millas. La Convención del Mar NO
recoge un ápice de
esa doctrina desde el momento que no reconoce la soberanía
y jurisdicción del
Perú en las 200 millas. Mucho menos la Constitución, cuyo
Art. 54 establece que
el dominio marítimo de 200 millas ES PARTE DEL TERRITORIO
NACIONAL y goza de
soberanía y jurisdicción, que no reconoce la Convención
del Mar, al punto de
limitar la soberanía (supuesta) a sólo 12 millas de
ancho.
2.-Con la
Convención del Mar el Perú asegura las 200 millas
de soberanía y jurisdicción en su dominio marítimo porque
otorga el
reconocimiento de la comunidad internacional a los derechos
del Perú sobre ese
espacio.
FALSO:
No
sólo no se asegura NADA con la Convención del Mar, sino
que se pierde la
soberanía y jurisdicción exclusivas sobre las 200 millas
del dominio marítimo
del Estado (Constitución Art. 54), ya que la Convención
legisla y decide sobre
TODOS LOS MARES de los países que la aceptan, y establece
que el "mar
territorial" queda limitado a 12 millas, y que en
éstas 12 millas se
cumplen las disposiciones de la Convención del Mar.
Entonces en nuestro mar
dejaría de regir la Constitución del Perú, con lo que el
país perdería
definitivamente su soberanía y jurisdicción EXCLUSIVAS
sobre el íntegro de las
200 millas.
3.-La
Convención es el único instrumento mundialmente
reconocido y en vigor para hacer valer nuestros derechos e
intereses en todo el
espacio marítimo: es la "Constitución de los
océanos".
FALSO:
Todos los instrumentos internacionales, tengan muchos ó
pocos adherentes son
igualmente válidos para el grupo de países que participan
en ellos. El hecho
que la Convención del Mar sea reconocida por los 149
países que la integran
(muchos de ellos ni siquiera tienen acceso directo al mar)
no impide que
existan (y de hecho existen) muchos otros documentos que
TAMBIÉN conforman el
Derecho Internacional del Mar. Uno de éstos es el acto
jurídico de
reivindicación marítima del Perú de 1947, aceptado y
respetado
internacionalmente. Pero la Convención del Mar no está
dispuesta a reconocer
nuestros bien adquiridos derechos sobre el mar adyacente a
nuestras costas,
prueba de ello es que pretende recortar nuestro mar
territorial a solamente
doce millas. Debe saberse que nuestros derechos sobre el mar
no requieren de
nadie que los proteja y de hecho nadie lo haría, porque lo
que prima en las
decisiones de otros Estados es el interés, motivo que los
impulsa a presionar
al Perú, en espera de poder “cosechar" en la
mal llamada "zona
económica exclusiva" del mar más rico del
mundo.
4.-La
Convención del Mar garantiza que el mar sea
utilizado exclusivamente para fines pacíficos. La
Convención del Mar proscribe
la amenaza o el uso de la fuerza en el mar. Cualquier
ejercicio o maniobra
militar dentro de las 200 millas requeriría autorización
de nuestro país.
FALACIA:
Todos los tratados internacionales "garantizan" el
uso del mar para
fines pacíficos. Esta es letra muerta, porque con
Convención o sin ella, el
país que quiera agredirnos lo hará y no le pedirá permiso
a nadie, mucho menos
a nosotros. Cualquier maniobra militar dentro de las 200
millas requerirá
nuestro permiso (¿acaso ahora no se requiere lo mismo?)
Pero la Convención del
Mar es un tratado reglamentario sobre uso del mar y no sirve
para la defensa
militar.
5.- La Convención del
Mar obliga a los Estados a responder por el daño ambiental
que ocasionen sus
naves en el dominio marítimo peruano.
FALACIA:
Si el Perú ingresara a la Convención del Mar perdería su
soberanía y
jurisdicción exclusivas sobre el Mar de Grau, y en
consecuencia no estaría en
condiciones de obtener resarcimientos ambientales de otros
Estados salvo acudir
al Tribunal Internacional de Mar, donde tendría que ganar
en juicio a los
países más poderosos del mundo. Sin tener que ir tan
lejos, dentro del Perú,
¿acaso el gobierno ha sido capaz de impedir daños
ambientales de las grandes
mineras y petroleras que explotan actualmente nuestros
recursos naturales? Lo
que no pudo obtener en tierra con soberanía y
jurisdicción, ¿lo conseguiría en
el mar sin soberanía ni jurisdicción?
6.-Con la
Convención del Mar el Perú participará de pleno
derecho en el desarrollo del Derecho del mar contenido en
este código de los
océanos.
FALACIA:
Lo que debemos mantener es el Derecho a la soberanía y
jurisdicción exclusivas
sobre las 200 millas de nuestro mar territorial. Si con la
Convención del Mar
perdemos los 864,000 km2 de territorio marítimo, ¿de qué
nos sirve participar
en el desarrollo del "Derecho del
Mar"?
Rocío Vásquez G.
Directora Revista "PERUPESQUERO"
www.perupesquero.pe
Nex. 620*8228
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