[OANNES Foro] INSPECTORES SIN CONDICIONES DE TRABAJO DIRECCIÓN DE FISCALIZAN Y SANCIÓN

JOSE ANGEL DE LA CRUZ SOTOMAYOR jose_delacruzsotomayor en yahoo.com
Sab Mar 24 21:36:41 PDT 2018


Amigos dela lista:Desde hacevarios meses por motivos del desplazamiento de la flota pesquera potera yanchovetera para el Consumo Humano Directo, he visitado diversos desembarcaderospesqueros del norte del país advirtiendo las dificultades que los inspectoresde la oficina de Fiscalización y Sanción atraviesan ante la falta de unambiente adecuado para cumplir con su trabajo.

Recordemosque la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Control del Ministeriode la Producción, Vice Ministerio de Pesquería se encarga de velar por lasbuenas prácticas de la extracción y consumo de especies marinas en todo ellitoral costero. Cuenta con tres direcciones: Dirección de Supervisión yFiscalización, Dirección de Vigilancia y Control y Dirección de Sanciones;  para cumplir con sus funciones cuenta con  781 Fiscalizadores Acreditados del PVCAPAAN Programa deVigilancia y Control de las Actividades Pesqueras y Acuícolas en el ÁmbitoNacional y 218 Fiscalizadores Acreditados de la Dirección General de Supervisión,Fiscalización y Sanción.


Regula sus actividades mediante el DecretoSupremo Nº 017-2017-PRODUCE que aprobó el Reglamento de Fiscalización ySanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas que consta de seis (6) títulos,ocho (08) capítulos y cincuenta y seis (56) artículos.

 

Según esteReglamento, constituyen infracciones administrativas en las actividades pesquerasy acuícolas entre otras: Impedir u obstaculizar las labores de fiscalización einvestigación que realice el personal acreditado por el Ministerio de laProducción, la Dirección o Gerencia Regional de la Producción, el Instituto delMar del Perú - IMARPE, los observadores de la Comisión Interamericana del AtúnTropical - CIAT u otras personas con facultades delegadas por la autoridadcompetente; así como negarles el acceso a los documentos relacionados con laactividad pesquera y acuícola, cuya presentación se exija de acuerdo a lanormatividad sobre la materia.

Siguen 112 Artículos sobre:

·        Infracciones relacionadas a la actividad extractiva

·        Infracciones relacionadas al procesamiento

·        Infracciones relacionadas al transporte,comercialización y almacenamiento

·        Infracciones relacionadas a embarcacionesextranjeras y pesca deportiva

·        Infracciones relacionadas al ROP de la amazonía y dela cuenca del titicaca

·        Infracciones relacionadas a la pesca de atún

·        Infracciones relacionadas a macroalgas

Medianteel reglamento de fiscalización y sanción de las actividades pesqueras yacuícolas se regula laactividad administrativa de fiscalización, así como el procedimientoadministrativo sancionador en materia pesquera y acuícola.

Siendo las facultades de losinspectores entre otros Realizarlas actividades de fiscalización en todo lugar donde se desarrolle actividadpesquera o acuícola, así como las actividades vinculadas de manera directa oindirecta a las mismas, para verificar el cumplimiento del ordenamiento legalpesquero y acuícola, así como el cumplimiento de las condiciones previstas en elrespectivo título habilitante así como  Acceder y desplazarse sin ningún impedimento u obstaculización por elestablecimiento industrial pesquero, planta de procesamiento, centro acuícola,embarcación pesquera, muelle, desembarcaderos pesqueros, punto de desembarque,unidad de transporte o en cualquier lugar donde se desarrolle o presuma eldesarrollo de actividades pesqueras o acuícolas o actividades vinculadas demanera directa o indirecta a las mismas.

   

Finalmentese aplica fórmulas para la imposición de la Sanción de Multa, fórmula paracalcular el Beneficio Ilícito Critico y el Valor de la suspensión. Adjuntancomo anexo un cuadro de sanciones del Reglamento de fiscalización y Sanción delas actividades Pesqueras y Acuícolas con 132 multas donde se tipifica ydescribe las infracciones y se determina el tipo de sanción.

Amigos dela lista, No es mi intención hacer críticasal Reglamento indicado ni mucho menos la función de los Inspectores Fiscalizadoresporque ya paso el momento cuando se publicó en su oportunidad el Proyecto delReglamento.

Una direccióntan reglamentarista yendo al extremo de calcular mediante fórmulas el monto delas sanciones, le falto  contemplar nosolo las facilidades que deben prestar los armadores pesqueros a losinspectores sino de los desembarcaderos habilitados para exportar a la UniónEuropea a fin de que faciliten condiciones de trabajo a los Inspectores de la Direcciónde Fiscalización y Sanción. 

Es indignantever en los Desembarcaderos del Norte a los Inspectores sentados sobre bitas de losmuelles haciendo su trabajo escribiendo las actas y resultado de los muestreoso usando mesas deplorables inclusive cajas de madera como las que se usan paralas naranjas haciendo de mesa bajo la sombra de una cámara de transporte.Existen desembarcaderos que prestan a los inspectores ambientes muy reducidos ysin condiciones de trabajo.

A manerade reflexión puedo precisar que sus relaciones con las demás autoridades sonfluidas. Esto es muy importante, porque dependerá de la coordinación con otrasinstituciones como SANIPES, IMARPE, Capitanía de Puerto.y Gobierno Regional.

Todos los Inspectores de la Direcciónde Fiscalización y Sanción que trabajan en los desembarcaderos tienen guardia compartidageneralmente de  0700 a 1900 horas y de1900 a las 0700 horas y requieren de un ambiente apropiado para atender a losadministrados, escribir las actas y resultados de los muestreos realizados.Tienen además que supervisar las descargas y ahora a las cámaras de refrigeraciónque transportan la anchoveta.

Por lo que recomiendo alMinisterio de la Producción formular una ordenanza mediante el cual losdesembarcaderos pesqueros en general den facilidades de habitabilidad a los Inspectoresdel Ministerio de la Producción.

En el marco del Plan deEconomía Social, los proyectos de Desarrollo de Infraestructura PortuariaPesquera son instrumentos a través de los cuales se busca mejorar larentabilidad de la actividad pesquera y las condiciones de trabajo de ampliosgrupos de población artesanal y semiindustrial. 
No olvidemos que todos lospuertos y desembarcaderos pesqueros sean privados o no forman parte de ladefensa nacional y con ese criterio los estados garantizan la inversión privada;por tal motivo las obras portuarias tienen relación directa con el desarrollodel país pues son parte importante en el desarrollo económico y social quepermite la importación y exportación de productos con otros países. La pescaextractiva permite la generación de industria, asimismo beneficia a lapoblación pues es fuente de alimentación. La ingeniería portuaria ha tenido queir adaptándose a los requerimientos cada vez más exigentes en cuanto afacilidades y capacidad de operaciones, teniendo en cuenta además que a mayorincremento de población se genera mayor demanda de alimento, en este caso depescado, el cual necesita de muelles para llegar a la población. Esto indicaque la infraestructura portuaria pesquera cumple un papel fundamental en el crecimientoeconómico del país y requiere ser habilitada sanitariamente.
No muestro fotografías por respeto a los Inspectores.
Salvo mejor parecer.

JoseDe La Cruz Sotomayor

------------ próxima parte ------------
Se ha borrado un adjunto en formato HTML...
URL: <http://lista.oannes.org.pe/pipermail/oannes-oannes.org.pe/attachments/20180325/c119f303/attachment.html>


Más información sobre la lista de distribución OANNES