[OANNES Foro] PRODUCE: CUOTA DE CAPTURA PARA LA POTA Y SNP: ASIGNACIÓN DE CUOTAS INDIVIDUALES EN PESCA ARTESANAL

JOSE ANGEL DE LA CRUZ SOTOMAYOR jose_delacruzsotomayor en yahoo.com
Lun Mar 25 10:05:54 PDT 2019


Amigos de la lista:

En una de las tantas reuniones con los pescadoresartesanales del Puerto de Paita  sobre laCuota de Captura asignada para la pesca de la POTA a nivel nacional por el  Ministerio de la PRODUCCION, se concluyó queexisten pescadores que se encuentran a favor como en contra en su gran mayoría.

En primer debo indicar que la única flota queactualmente pesca pota es la relacionada con la de menor escala por tener mayorcapacidad de autonomía a la cual le llamamos también flota artesanal.

UN POCO DEHISTORIA

Todo comienza en el año 2012 cuando solicitamos enel Gobierno Regional de Piura la formalización administrativa de la flotaPotera y Periquera; se siguieron una serie de tramites hasta que el día 16 de Agosto 2018 en asamblea convocada por elGobernador Regional de Piura, Reynaldo Hilbck Guzmán, Firma la Ordenanza Regional mediante la cual se Autoriza RegularizarAdministrativamente las Embarcaciones Pesqueras Artesanales de la Región Piura dedicadasa la Pesca de la Pota y Perico,  aprobado enmayoría  en el Consejo Regional de Piurael día 24 de Julio 2018,

Conla presencia de 200 personas entre dirigentes de las Asociaciones de Armadoresde las diferentes caletas de la Región Piura, Armadores en general y pescadoresse inició la asamblea a las 1600 horas. Sobre el particular puedo indicar que hacecuatro años, los armadores artesanales de la Región Piura iniciaron una campañapara formalizarse sosteniendo diversas reuniones tanto en el Ministerio de la Produccióncomo en el Gobierno Regional de Piura, convocando a Especialistas Pesqueros yAbogados para definir la situación pesquera de la Región en relación con lapesca de la Pota y Perico y la formalización de esta flota que cada año añoaumenta.

Se menciono que tras los resultados del censo 2012 sepudo conocer que un total de 9.559 naves pesqueras artesanales operan sin permisode pesca, en contraposición de 6.143 que sí las poseen, amén de lasembarcaciones con características diferentes a las indicadas en su Certificadode Matricula, especialmente la flota que pesca Perico y Pota. 

Argumentamos que estas embarcaciones artesanalescomienzan a aumentar sus dimensiones unilateralmente cuando aparecen nuevosretos de pesca mar abierto y estas requerían contar con mayor autonomíapara llevar más petróleo, agua dulce, hielo, víveres y tripulantes. Aumentaronla Eslora,  Manga, Puntal y la Capacidad de bodega; estosconstructores no necesitaron de planos, la experiencia los llevo a encontrar unprototipo de embarcación que les dio resultado y comenzó una reconstrucciónmasiva que el Estado ni las Capitanías de Puerto lograron detener, ante una leyque daba preferencias a la pesca artesanal.

Al sustentar el dictamen en mayoría, GreciaArriola, presidenta de la citada comisión, resaltó que respaldan la ordenanzaporque son más de 20 años que los pescadores vienen desarrollando estaactividad, y son tres años que se reúnen en forma constante para obtener unaordenanza que los formalice. “Me parece interesante que de este sector nazca eldeseo de formalización, que estén bajo las reglas y también observado bajoellas”. Refirió que no sólo Asesoría Legal declara viable la ordenanza, sinotambién hay informes técnicos, jurídicos de la Direpro, “y el factor social queestá presente porque es una necesidad de la población”.

La ordenanza aprobada declara de interés regional lapesca artesanal de los recursos pota y perico, no se trata de una rebeldía sino la voluntad delpueblo pesquero que a través de su Gobierno Regional exige su formalidad antela incapacidad del gobierno central y sus asesores legales. Consulten a especialistaspesqueros.

Este tema me hace recordar un artículo redactado enGestión el 09 de Abril 2018, en que la Presidenta de la Sociedad Nacional de Pesquería sostenia que se debeseguir en cuotas para la pota también; así como setiene la asignación de cuotas en la pesca de merluza y anchoveta e incluso enel caso de la pesca artesanal .

Siguiendo estas recomendaciones se dio el primerpaso, como determinar una cuota global de pesca que Produce determino para elaño 2018 de 609 mil toneladas para todo el país. 

 

Pero lo que sigue sostiene Conterno es un paso parala cuota individual por cada embarcación. Otro aspecto que sostiene larepresentante de la SNP que debe ser relevante, es la cuota individual de pescapara las embarcaciones artesanales. “Este es unreto, de cuotas para una pesca artesanal más selectiva, que puederealizarse en las zonas donde las embarcaciones operan”, sostiene. Como es elcaso de las cuotas de la anchoveta.

Mediante Decreto Supremo N°014-2011-PRODUCE del 04 de Octubre del 2014se aprueba el Reglamento deOrdenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota (Dosidicus gigas), en adelanteROP del Calamar Gigante o Pota, teniendo como objetivo, entre otros, elaprovechamiento racional y sostenible de este recurso, en virtud a los análisisde las características biológicas y poblacionales y del impactosocial–económico sobre los actores involucrados en la pesquería del citadorecurso, a efectos de alcanzar su desarrollo y la optimización de losbeneficios obtenidos por su explotación;

Que, el numeral 4.2 del artículo 4 del ROP del CalamarGigante o Pota, dispone que el Ministerio de la Producción establecerá medianteResolución Ministerial la cuota de captura de manera anual, la que se fijará enbase a la información científica disponible proporcionada por el Instituto delMar del Perú–IMARPE.

En talsentido PRODUCE estableció la cuota de pota para el año 2018, luego de queIMARPE remitiera el informe “Situación del calamar gigante durante el 2017 y Perspectivasde Pesca para el 2018” en el cual señala, entre otras cosas, que losindicadores de explotación y proyección de captura muestran que el recurso seencuentra subexplotado. Es decir, que su población está en buen estado.

Informe querelata el estado poblacional del recurso Calamar Gigante o Pota en el marperuano durante el 2017 en base a la información disponible del seguimiento dela pesquería artesanal y las perspectivas de su explotación para el 2018; asímismo tomando en cuenta el Registro de desembarque PRODUCE y el Esfuerzo dePesca de la captura del calamar Gigante e información biológica.

Concluyenque los niveles de pesca en el 2018 no deben superar de 1´344,000 toneladas porlo tanto los niveles de pesca no deben superar los 609,000 toneladas. Paratales efectos se emite la Resolución Ministerial N° N° 115-2018-PRODUCEdel 21 de marzo de 2018 en cuyos considerandos  se indica: Como se sabe, la pota es lasegunda pesquería más importante del país después de la anchoveta, con un nivelde captura promedio de 500.000 toneladas al año y según el I Censo Nacional dela Pesca Artesanal del Ámbito Marítimo 2012 (CENPAR 2012) de esa actividaddependen alrededor de 10.939 pescadores artesanales. No indican la cantidad deEmbarcaciones Pesqueras Artesanales que pescan exclusivamente Pota.

De los reportes de desembarque, del 2010 al 2018 el promediode desembarque de la pota fue 461,583 TM/Año

La pesca de la pota actualmente es aleatoria ya no estácompacta como antes, hay meses como Enero, Febrero y Marzo que la pota semuestra en todo su potencial para después bajar, además comienza a desplazarsepor todo el Perú llegando hasta el Ecuador y por el sur hasta Antofagasta porlo que hay que correr fuerte, por este motivo los poteros deben tenersuficiente autonomía para poder seguir y capturar a la pota. Comúnmente laspoteras de Paita terminan en Pucusana, Arequipa e Ilo.

Sigamos. Según el ultimo Censo Pesquero Artesanal, la FlotaArtesanal esta compuesta por 16,045 embarcaciones, de esta cantidad de barcosalrededor de 3,500 cuentan con Certificado Protocola Sanitario. Existen 3,200Embarcaciones a nivel nacional con aparejos para pescar Pota y para estatemporada alrededor 3,500 embarcaciones están pescando Pota con una capacidadde bodega aun no establecida a pesar que mediante el Decreto Legislativo N°1392 de fecha 05 de Setiembre 2018, PRODUCE promueve la Formalización de laActividad Pesquera Artesanal de todas las embarcaciones pesqueras artesanalesmayor de 6.48 de Arqueo Bruto hasta 32.6 m3 de capacidad de bodega (no existeuna relación entre   ambas medidas) queno cuentan con Permiso de Pesca Artesanal o que contando con este no coincidanlas dimensiones reales con las que figuran en el Certificado de Matriculacorrespondiente.

PRODUCE otorga un plazo parar acceder a la formulación en dosaños previa inscripción en el listado de Embarcaciones de PRODUCE por parte delos interesados en la Formalización Pesquera Artesanal, cuyo plazo ya venció el24 de Octubre 2018. Según DICAPI, de las 4,500 Embarcaciones inscritas enPRODUCE solo 2,000 han logrado cumplir con las exigencias establecidas.

Ahora bien, hagamos un ejercicio mental: Si dividimos la cuota asignada porProduce para pescar pota en el año 2018 de 609,000 TM entre las 3,500embarcaciones poteras tendremos que cada embarcación pescaría 174 TM/Año o 14.5TM/Mes.

Una Embarcación potera en buenas condiciones de pesca, debe capturaen promedio 45 TM/mes x 12 meses = 540 TM/Año

540 TM/Año x  3,500 E/P=  1´890,000 TM cuota que  requiere la flota potera artesanal en toda sucapacidad.

Sin embargo, para completar esta información converse con 10armadores de Paita para tener una idea de la captura real de sus embarcacionesque en total representan 15 embarcaciones pesqueras artesanales de diversascapacidades de bodega.  Todos manifiestanque los mejores meses de pesca son los del verano, pero después bajanconsiderablemente las capturas y los días de pesca aumentan. Hay faenas queduran 2, 3, 5 y 7 días.

Al preguntarles sobre su capacidad real de capturas, me indicaronque durante el año 2018 sus barcos pescaron entre 190 y 220 TM (en promedio15.83 TM – 18.33 TM/Mes); es decir si tomamos como base estas capturas paradefinir la pesca total de pota durante el año 2018, podemos indicar que laflota compuesta por 3,500 embarcaciones pesqueras artesanales desembarcaronen  el año 2018, entre 665,00 y 770,000 TMde pota; entiendo ahora por que el IMARPE considera como cuota de captura609,000 TM para el año 2018 y para el año 2019 ¿???????? la biomasa debeaumentar. IMARPE debe pronunciarse lo más pronto posible y no esperar losestudios a fin de año para indicar la captura permisible de la Pota para el2019.

Pero existen otros datos importantes que debemos tomar encuenta. Como todos sabemos, la pota es un recurso que se dedica básicamentepara el consumo humano y su distribución va hacia la industria del congelado,al estado fresco y en menor cantidad al enlatado, curado y para la elaboraciónde harina en una relación 8 – 10 ton. de pota para convertir 1 ton. de Harina, informaciónque debemos cruzar para entender la real captura y distribución de la Pota enel Perú. También debemos tomar en cuenta los artículos 3.1.4 y 3.2 del DS N°014-2011-PRODUCE que deja una ventana abierta a la flota extranjera.

Por ejemplo:

La distribución del desembarque de Pota se manifestó de lasiguiente manera:

·Año2015. Enlatado: 863 TM.  Fresco: 53,384TM  Congelado: 459,528 TM y Curado: 22 TM

·Año2016. Enlatado: 492 TM.  Fresco: 55,050TM  Congelado: 267,775 TM y Curado: 20 TM

·Año2017. Enlatado: 98.9 TM. Fresco: 45,705 TM Congelado: 262,403 TM y Curado: 0.0

En ningún caso se menciona la exportación de Harina de Pota;solo que en el mes de Enero 2018 se exporto 255.62 TM de harina de Pota, Iguala 2,044.96 TM de materia prima que según manifiestan las plantas, provienen delos residuos de la producción.

Y si queremos otorgar una cuota de captura individual como loplantea la SNP cuanto tendría cada embarcación ¿????????. Señores no esaplicable en la pesca artesanal el sistema de cuota individual de la anchoveta.

Lo que si podemos hacer es trabajar exclusivamente con losbarcos poteros, pero primero debemos terminar con la Regularización de todasembarcaciones pesqueras artesanales a fin de poder determinar su capacidad real.Hay armadores que indican que no tienen dinero para la elaboración de losplanos solicitados por DICAPI a pesar que ahora ya no se paga los derechos paraobtener un certificado o por su refrenda.

Estamos a favor de la Captura Permisible de la Pota perodefinitivamente hacer valer el Reglamente de Ordenamiento de la Pota Artículos 3.1.2y 3.1.3 mediante el cual solo podrán acceder a la pesca de este recurso, lasembarcaciones registradas como poteras y de ninguna manera permitir elnegociado de las licencias para que un armador pueda comprar variasembarcaciones con sus respectivas licencias y construir o sustituirlas por una embarcaciónde mayor dimensión, como sucede con las anchoveteras Industriales.

Salvo mejor parecer.

Ing. JOSE DE LA CRUZSOTOMAYOR

 

 

 

 

 
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