[OANNES Foro] EL PERRO DEL HORTELANO PESQUERO
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Lun Jul 11 11:04:34 PDT 2011
Tenemos la percepción que con esto, el señor Fernandez quien firma la nota está
tratando de maquillar una futura entrega de nuestros recursos a una flota
extranjera.
Creo que es muy prematuro pensar en regalar una población de peces que se esta
recuperando despues de una prolongada ausencia.
Ya leemos que hasta distancias nauticas de 100 millas se le esta queriendo poner
a esta probabe captura.
Se esgrime la dádiva de pescado para el pueblo como argumento.
¿Estan pensando entregarle al PRODUCE parte del Jurel que se capture? y -¿como
el produce entregará este jurel "Gratuito" a los mas Pobres? - ¿Tendrá que
recrear un nuevo EPSEP?...
Es muy facil perder la brujula por obtener un puesto público.
________________________________
De: Manuel Francisco Fernández Fernández <mffernandezf en hotmail.com>
Para: oannes en lista.oannes.org.pe
Enviado: dom,10 julio, 2011 18:27
Asunto: [OANNES Foro] EL PERRO DEL HORTELANO PESQUERO
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El mar peruano alberga en sus aguas una variedad de especies, entre ellas el
jurel y la caballa. El jurel es una especie que tiene una amplia distribución
geográfica (Perú, Chile Australia, Nueva Zelanda) por ello es considerada como
especie transzonal, es así que en los últimos años se ha tratando de constituir
la Organización Regional de Ordenamiento Pesquero del Pacífico Sur (OROP). En
tanto se constituye el OROP, el Ministerio de la Producción, ha establecido una
serie de disposiciones normativas para regular las actividades extractivas de
los recursos transzonales del jurel y la caballa en la zona de la Alta Mar por
parte de embarcaciones pesqueras de mayor escala que enarbolen la bandera
nacional. En ese sentido, las embarcaciones de mayor escala que requieran
realizar la extracción de jurel y caballa en alta mar deberán estar inscritos en
el Registro del Ministerio de la Producción, así como la previa la suscripción
del Convenio de Fiel y Cabal Cumplimiento de las disposiciones para el
ordenamiento de este tipo de pesca. Así mismo, establece que el armador pesquero
que esté interesado en desarrollar actividades extractivas de jurel y caballa en
alta mar, deberá presentar su solicitud de inscripción en el registro del
ministerio, en la cual debe incluir los documentos legales que acrediten la
propiedad o posesión de la embarcación. Además deberán consignar un certificado
de matrícula o pasavante de la embarcación, otro certificado de clase de la
embarcación y otro de la potencia de motores principal y auxiliar, sólo en caso
que la embarcación cuente con dicho certificado. El ministerio podrá denegar la
solicitud por incumplimiento de los requisitos exigidos, por incumplimiento de
las medidas internacionales de conservación y ordenación, si la embarcación
tiene matrícula vigente de otro país, y por haber sido sancionado el armador en
el país de origen de la embarcación o en cualquier otro país. El Ministerio de
la Producción, a través de la Dirección General de Extracción y Procesamiento
Pesquero, llevará un registro de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional
para realizar actividades extractivas de recursos transzonales en la zona de
alta mar.Asimismo, se consignará en el registro las modificaciones que ocurran
y/o afecten el estado de habilitación para realizar las actividades extractivas.
El ministerio llevará un control de las descargas y transbordos que la flota de
bandera nacional con permiso de pesca para jurel y caballa reporte como
realizadas fuera de las 200 millas. La norma señala que el Estado peruano podrá,
dentro del marco regulatorio de la OROP, asignar a las embarcaciones pesqueras
que desarrollen pesca de jurel y caballa en alta mar una cuota que se genere por
las capturas que las mismas originen. Ello no otorga derecho algunos respecto de
la cuota histórica que el Perú ya registra como país costero como consecuencia
de la pesca realizada dentro de sus aguas jurisdiccionales. Además el Estado
podrá asignar a las embarcaciones que han venido desarrollando actividades
extractivas al amparo del Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y
Caballa, dentro de aguas jurisdiccionales, la cuota que se genere por las
capturas realizadas fuera de las aguas jurisdiccionales, siempre que desarrollen
la pesca en dicha zona.
En caso que el Estado Peruano reciba una cuota adicional en atención de
criterios distintos al de la captura histórica, podrá distribuir dicha cuota de
acuerdo con los lineamientos y disposiciones que al efecto establezca. Por otro
lado, los estudios de la entidad científica peruana, IMARPE, están más
circunscritas hacia el recurso anchoveta, dejando de lado al jurel, no obstante
que hace un par de años se firmó un convenio entre IMARPE – PRODUCE, para
realizar estudios de jurel y empezar una pesquería, hasta ahora sin ningún
resultado. De la misma forma TASA equipó embarcaciones para iniciar la pesquería
de jurel, con pobres resultados. En la década de los 90’s, se realizaron
estudios de jurel con apoyo de la Ex – URSS en zonas geográficas que alcanzaron
hasta las 200mn; después de ello, no hay más información que las realizados
dentro de los cruceros de investigación de anchoveta y sardina (en aquellos
tiempos cuando había). La necesidad de abastecer de pescado al pueblo peruano e
incrementar el consumo per cápita, con recursos como jurel y caballa es de vital
importancia como una alternativa al consumo de anchoveta, que también debe
incentivarse. Tanto el jurel como la caballa tienen un alto contenido de
proteínas y ácidos grasos omega-3, del cual el INSTITUTO TECNOLOGICO
PESQUERO, ha debido y debe seguir haciendo investigaciones de estas
especies (jurel,caballa,anchoveta), para de esta forma elaborar
productos que puedan enriquecer las dietas de las familias con deficit
proteico, especialmente a los niños, ancianos. A raíz de la visita de
Alexis Humala a Rusia, y las reuniones que habría tenido con las autoridades
del sector pesquero de la Federación Rusa hemos leído la declaración de la
vice-ministra de pesquería,María Isabel Talledo, quien afirmó que no hay pedido
para la pesca de embarcaciones rusas en el mar de Grau, olvidandose que en
su despacho existe un Documento de la Empresa PESCA Y SERVICIOS
NAVALES SAC.- PSN SAC, Empresa Peruana formada como parte del Grupo
BALTIC ATLANT SHIPPING, queriendo invertir dentro de la economia Peruana
al borde de los 150 a 180 millones de dolares incluidos los medios
de producción.Ya en vísperas de dejar el cargo, la señora Talledo recién sale
hacer declaraciones, todo el tiempo que ha estado en el cargo, nunca se le
escuchó nada y no hizo nada en favor de incentivar el consumo de pescado,
tampoco salió a promocionar la venta de jurel que viene haciendo PRODUCE, con su
ministro Nava, al frente. Es por ello que si bien es cierto que en este foro se
ha comentado que el jurel nuevamente está recuperando biomasa y las normas dicen
que debe ser dedicado exclusivamente al consumo humano directo, entonces debemos
aprovechar la disponibilidad de este recurso en bien de la población peruana.
Para ello, es necesario que se establezcan condiciones de un convenio o joint
venture para que opere un numero determinado de embarcaciones rusas,
Lituanos,etc,etc,previo trabajo de investigación que debe realizar especialistas
de IMARPE con expertos rusos en estudios de jurel y caballa, para ello los rusos
deben traer un barco de investigación a fin de estimar la biomasa y distribución
de jurel y ver la factibilidad de una pesquería con aprovechamiento mutuo. Así
mismo, de ser factible, se establecería una determinada área de operación y las
embarcaciones serían monitoreadas con el sistema de vigilancia satelital. Ello
permitirá tener recursos pesqueros disponibles en la mesa popular a precios al
alcance de la población de menores recursos, teniendo en cuenta que bajo
condiciones contractuales un porcentaje de estas capturas deberían ser
entregadas al PRODUCE totalmente gratis, para ser distribuidas a las
familias más necesitadas. Hay que tener en claro que esta propuesta, no
interferiria para nada con la pesca artesanal, por que la flota rusa operaria
más allá de las 100 millas naúticas de distancia de costa. El jurel no se pesca
dentro de las 5mn. Por tanto, debemos de dejar de ser mezquinos y no hacerle el
juego a algunos interesados que no quieren que se incremente el consumo de
pescado o que solo operen algunas empresas de la flota de cerco industrial o
hacer campañas focalizadas y temporales de venta de pescado, para la foto o
mejorar la popularidad de algunos políticos que llegan a ser ministros o
vice-ministros improvisados. La extracción de jurel se haría con redes de
arrastre pelágica y eso los rusos son especilistas. Así mismo habría posibilidad
de trabajo para inspectores y pescadores peruanos, colateralmente para otras
personas o empresas. Algo más, la información que se consiga sobre
disponibilidad de jurel y caballa, sería de utilidad para la flota peruana.
Ing. Manuel Francisco Fernández FernándezCIP. 42828
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