[OANNES Foro] EL PERRO DEL HORTELANO PESQUERO

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Lun Jul 11 11:04:34 PDT 2011


Tenemos la percepción que con esto, el señor Fernandez quien firma la nota está 
tratando de maquillar una futura entrega de nuestros recursos a una flota 
extranjera.
Creo que es muy prematuro pensar en regalar una población de peces que se esta 
recuperando despues de una prolongada ausencia.
Ya leemos que hasta distancias nauticas de 100 millas se le esta queriendo poner 
a esta probabe captura.
Se esgrime la  dádiva de pescado para el pueblo como argumento.
¿Estan pensando entregarle al PRODUCE parte del Jurel que se capture? y -¿como 
el produce entregará este jurel "Gratuito" a los mas Pobres? - ¿Tendrá que 
recrear un nuevo EPSEP?...
Es muy facil perder la brujula por obtener un puesto público.

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De: Manuel Francisco Fernández Fernández <mffernandezf en hotmail.com>
Para: oannes en lista.oannes.org.pe
Enviado: dom,10 julio, 2011 18:27
Asunto: [OANNES Foro] EL PERRO DEL HORTELANO PESQUERO

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El mar peruano alberga en sus aguas una variedad de especies, entre ellas el 
jurel y la caballa.    El jurel es una especie que tiene una amplia distribución 
geográfica (Perú, Chile Australia, Nueva Zelanda) por ello es considerada como 
especie transzonal,  es así que en los últimos años se ha tratando de constituir 
la Organización Regional de Ordenamiento Pesquero del Pacífico Sur (OROP). En 
tanto se constituye el OROP, el Ministerio de la Producción, ha establecido una 
serie de disposiciones normativas para regular las actividades extractivas de 
los recursos transzonales del jurel y la caballa en la zona de la Alta Mar por 
parte de embarcaciones pesqueras de mayor escala que enarbolen la bandera 
nacional. En ese sentido, las embarcaciones de mayor escala que requieran 
realizar la extracción de jurel y caballa en alta mar deberán estar inscritos en 
el Registro del Ministerio de la Producción, así como la previa  la  suscripción 
del Convenio de Fiel y Cabal Cumplimiento de las disposiciones para el 
ordenamiento de este tipo de pesca. Así mismo, establece que el armador pesquero 
que esté interesado en desarrollar actividades extractivas de jurel y caballa en 
alta mar, deberá presentar su solicitud de inscripción en el registro del 
ministerio, en la cual debe incluir los documentos legales que acrediten la 
propiedad o posesión de la embarcación. Además deberán consignar un certificado 
de matrícula o pasavante de la embarcación, otro certificado de clase de la 
embarcación y otro de la potencia de motores principal y auxiliar, sólo en caso 
que la embarcación cuente con dicho certificado. El ministerio podrá denegar la 
solicitud por incumplimiento de los requisitos exigidos, por incumplimiento de 
las medidas internacionales de conservación y ordenación, si la embarcación 
tiene matrícula vigente de otro país, y por haber sido sancionado el armador en 
el país de origen de la embarcación o en cualquier otro país. El Ministerio de 
la Producción, a través de la Dirección General de Extracción y Procesamiento 
Pesquero, llevará un registro de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional 
para realizar actividades extractivas de recursos transzonales en la zona de 
alta mar.Asimismo, se consignará en el registro las modificaciones que ocurran 
y/o afecten el estado de habilitación para realizar las actividades extractivas. 
El ministerio llevará un control de las descargas y transbordos que la flota de 
bandera nacional con permiso de pesca para jurel y caballa reporte como 
realizadas fuera de las 200 millas. La norma señala que el Estado peruano podrá, 
dentro del marco regulatorio de la OROP, asignar a las embarcaciones pesqueras 
que desarrollen pesca de jurel y caballa en alta mar una cuota que se genere por 
las capturas que las mismas originen. Ello no otorga derecho algunos respecto de 
la cuota histórica que el Perú ya registra como país costero como consecuencia 
de la pesca realizada dentro de sus aguas jurisdiccionales. Además  el  Estado 
podrá asignar a las embarcaciones que han venido desarrollando actividades 
extractivas al amparo del Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y 
Caballa, dentro de aguas jurisdiccionales, la cuota que se genere por las 
capturas realizadas fuera de las aguas jurisdiccionales, siempre que desarrollen 
la pesca en dicha zona.

En caso que el Estado Peruano reciba una cuota adicional en atención de 
criterios distintos al de la captura histórica, podrá distribuir dicha cuota de 
acuerdo con los lineamientos y disposiciones que al efecto establezca. Por otro 
lado, los estudios de la entidad científica peruana, IMARPE, están más 
circunscritas hacia el recurso anchoveta, dejando de lado al jurel, no obstante 
que hace un par de años se firmó un convenio entre IMARPE – PRODUCE, para 
realizar estudios de jurel y empezar una pesquería, hasta  ahora  sin ningún 
resultado. De la misma forma TASA equipó embarcaciones para iniciar la pesquería 
de jurel, con pobres resultados.  En la década de los 90’s, se realizaron 
estudios de jurel con apoyo de la Ex – URSS en zonas geográficas que alcanzaron 
hasta las 200mn; después de ello, no hay más información que las realizados 
dentro de los cruceros de investigación de anchoveta y sardina (en aquellos 
tiempos cuando había). La necesidad de abastecer de pescado al pueblo peruano e 
incrementar el consumo per cápita, con recursos como jurel y caballa es de vital 
importancia como una alternativa al consumo de anchoveta, que también debe 
incentivarse. Tanto el jurel como la caballa tienen un alto contenido de 
proteínas y ácidos grasos omega-3,  del  cual  el  INSTITUTO  TECNOLOGICO  
PESQUERO,  ha  debido  y  debe  seguir  haciendo  investigaciones  de  estas  
especies  (jurel,caballa,anchoveta),  para  de  esta  forma  elaborar  
productos  que  puedan  enriquecer  las  dietas  de  las  familias  con  deficit 
proteico,  especialmente  a  los  niños,  ancianos. A raíz de la visita de 
Alexis Humala a  Rusia, y las reuniones que habría tenido con las autoridades 
del sector pesquero  de la Federación Rusa hemos leído la declaración de la 
vice-ministra de pesquería,María Isabel Talledo, quien afirmó que no hay pedido 
para la pesca de embarcaciones rusas en el mar de Grau,  olvidandose  que  en  
su  despacho  existe  un  Documento  de  la  Empresa  PESCA  Y  SERVICIOS  
NAVALES  SAC.- PSN SAC,  Empresa  Peruana formada  como  parte  del  Grupo  
BALTIC ATLANT  SHIPPING, queriendo  invertir  dentro  de  la  economia  Peruana  
al  borde  de  los  150  a  180  millones  de  dolares  incluidos  los  medios  
de  producción.Ya en vísperas de dejar el cargo, la señora Talledo recién sale 
hacer declaraciones, todo el tiempo  que ha estado en el cargo, nunca se le 
escuchó nada y no hizo nada en favor de incentivar el consumo de pescado, 
tampoco salió a promocionar la venta de jurel que viene haciendo PRODUCE, con su 
ministro Nava, al frente.  Es por ello que si bien es cierto que en este foro se 
ha comentado que el jurel nuevamente está recuperando biomasa y las normas dicen 
que debe ser dedicado exclusivamente al consumo humano directo, entonces debemos 
aprovechar la disponibilidad de este recurso en bien de la población peruana. 
Para ello, es necesario que se establezcan condiciones de un convenio o joint 
venture para que opere un numero determinado de embarcaciones rusas, 
Lituanos,etc,etc,previo trabajo de investigación que debe realizar especialistas 
de IMARPE con expertos rusos en estudios de jurel y caballa, para ello los rusos 
deben traer un barco de investigación a fin de estimar la biomasa y distribución 
de jurel y ver la factibilidad de una pesquería con aprovechamiento mutuo. Así 
mismo, de ser factible, se establecería una determinada área de operación y las 
embarcaciones serían monitoreadas con el sistema de vigilancia satelital. Ello 
permitirá tener recursos pesqueros disponibles en la mesa popular a precios al 
alcance de la población de menores recursos, teniendo en cuenta que bajo  
condiciones  contractuales  un  porcentaje  de  estas  capturas  deberían ser 
entregadas al PRODUCE totalmente gratis, para  ser  distribuidas  a  las  
familias  más  necesitadas. Hay que tener en claro que esta propuesta, no 
interferiria para nada con la pesca artesanal, por que la flota rusa operaria 
más allá de las 100 millas naúticas de distancia de costa. El jurel no se pesca 
dentro de las 5mn. Por tanto, debemos de dejar de ser mezquinos y no hacerle el 
juego a algunos interesados que no quieren que se incremente el consumo de 
pescado o que solo operen algunas empresas de la flota de cerco industrial o 
hacer campañas focalizadas y temporales de venta de pescado, para la foto o 
mejorar la popularidad de algunos políticos que llegan a ser ministros o 
vice-ministros improvisados. La extracción de jurel se haría con redes de 
arrastre pelágica y eso los rusos son especilistas. Así mismo habría posibilidad 
de trabajo para inspectores y pescadores peruanos, colateralmente para otras 
personas o empresas.  Algo más, la información que se consiga sobre 
disponibilidad de jurel y caballa, sería de utilidad para la flota peruana.    
Ing. Manuel  Francisco  Fernández  FernándezCIP.  42828                         

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