[OANNES Foro] Opinión Técnica sobre Proyecto de ley de las 5 millas para la Pesca Artesanal y la Acuicultura

Señor de las Olas - ONG Oannes senordelasolas en gmail.com
Jue Mar 1 09:57:21 PST 2012


Gracias por su aporte Sr. Encomendero.

Lo he leido y me parece sumanente interesante, lo copio a todos para su conocimiento.

Atte.

Francisco J. Miranda Avalos
Presidente del Consejo Directivo




ONG OANNES
Foro Hispano Americano de Intercambio de Informacion sobre Temas de Mar
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El 01/03/2012, a las 11:25, Eleuterio Lucio Encomendero Yépez escribió:

> *Lista Oannes, fundada el 11 de Octubre de 1996*
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> Sr. Francisco J. Miranda Avalos
> Es muy grato saludarlo y al mismo tiempo felicitarlo por su magnífico
> trabajo en este interesante foro, pues se puede constar que a través
> de él podemos aprender y enseñar mucho. Pero intervengo poco por
> razones de tiempo.
> En esta oportunidad, como biólogo y aprovechando este foro, quiero
> sumarme a las felicitaciones a la flamante Viceministra de Pesquería
> y, como Ud., desearle que le vaya muy bien en su gestión para
> beneficio del Perú y ojalá de todos los peruanos. Creo que en muchos
> enfoques de la defensa de la biodiversidad concordamos y como una
> muestra de ello y con fines de dar un aporte a la discusión sobre la
> pesca artesanal le adjunto el documento sobre una opinión técnica que
> emití el año 2011, por encargo de la Universidad Nacional del Santa,
> donde trabajo. Creo que es un documento que no tiene por qué ser
> secreto y si  ayuda en algo para analizar y mejorar la administración
> de nuestros recursos renovables, en buena hora.
> Agradezco mucho su atención y la difusión del documento adjunto.
> Lucio Encomendero Yépez
> 
Opinión Técnica sobre Proyecto de ley de las 5 millas para la Pesca Artesanal y la Acuicultura

Sustento científico-técnico:

La administración pesquera de los recursos marinos debe basarse en criterios que permitan obtener el máximo beneficio de la especie o especies extraídas, tanto en lo concerniente al tamaño de extracción de las especies como en lo referente a la biomasa total obtenida por unidad de tiempo; y además que la extracción indicada sea sostenible para que también sirva de sustento a nuestras futuras generaciones.
 
No es lo mismo extraer una gran biomasa de una especie que extraer la misma biomasa de diferentes especies, dado que desde el punto de vista económico, todas las especies no tienen el mismo valor monetario. Así, no valen lo mismo 100 toneladas de anchoveta, Engraulis ringens que 50 toneladas de anchoveta y 50 toneladas de otras especies como jurel, Trachurus murphy; caballa, Scomber japonicus; Barrilete, Katsuwonus pelamis, etc., que se sustentan de la primera especie. Es evidente que en el segundo caso se tiene un valor monetario más alto. Este podría ser el caso de extraer grandes biomasas de anchoveta, en vez de permitir que la anchoveta alimente a una biomasa importante de otras especies de consumo humano directo (jurel, caballa, merluza, Merlucius gayi; corvina, Cilus gilberti; cojinoba, Seriolella violacea, bonito, Sarda chilensis, etc.), aves que producen guano (guanay, Phalacrocorax bougainvillii;    piquero, Sula variegata; pelícano, Pelecanus thagus) o mamíferos (lobos de mar, Otaria flovesens; nutria, Lutra lutra;  delfines, Sotalia fluviatilis, etc.) que se constituyen en atractivos turísticos. Es decir, la anchoveta es el pez que sustenta una compleja red trófica y cuando su biomasa se extrae en forma irracional no se permite el aumento de la biomasa de las especies que dependen de ella, desde el punto de vista trófico y que se constituyen en la base de la alimentación humana. Se debe tener presente, que especies de consumo humano directo son más atractivas para el consumidor peruano y si se dispusiera de importantes volúmenes se podrían constituir en otros productos de exportación, como el caso de la pota Dosidicus gigas por ejemplo.
 
Por otro lado, en el proyecto: Estudio del Impacto Socio Económico de la Pesca Artesanal en los Estados Miembros de la Comisión Permanente del Pacífico Sur (CPPS), anexo 6, se estima  que 545 280 personas son dependientes de la pesca artesanal y 106 260 personas son dependientes de la pesca industrial. Estas cifras, en forma global, indican que desde el punto de vista social, la pesca artesanal es más importante que la pesca industrial, pues la primera  ocupa a cinco veces más personas que la segunda. Respecto a los recursos biológicos extraídos por la pesca artesanal, el proyecto citado reporta un conjunto de 220 especies de las cuales el 80% son peces, 17% invertebrados, 2% algas y 1% de otros recursos. Sin embargo, Encomendero (2003), en su “Análisis de la Pesca Artesanal Peruana 1995-2003” encontró que la cantidad de especies extraídas no fue mayor de 73 hasta el año 1994, pero el año 1996 alcanzó a 198 especies y llegando al máximo de 233 especies extraídas en el año 1998. La variación en la cantidad de especies extraídas y su incremento en las dos últimas décadas podrían ser producto de la reducción en las capturas de las especies más comunes, lo que habría presionado a los pescadores artesanales a recurrir a otras especies que antes no se extraían.

Lo explicado en los párrafos anteriores es, probablemente, lo que podría estar ocurriendo cuando la flota industrial pesca en la zona de las 5 millas costeras y extrae, a través de la pesca incidental, una biomasa importante de especies de consumo humano directo, como suco, Paralonchurus peruanus; lorna, Sciaena deliciosa; cojinova; cachema, Cynoscion analis y otras especies que terminan siendo procesadas como harina de anchoveta. Hay que agregar a ello, además, el daño mecánico que implica el uso de sistemas de pesca que afectan el fondo del mar removiéndolo, alterándolo o destruyéndolo; considerando que las áreas costeras se constituyen en lugares de desove, crecimiento larval y de protección de las crías, por contar con las condiciones bióticas y abióticas y  estructura apropiadas para ello. Sin embargo, estos daños no son exclusivos de la flota industrial que pesca dentro de las 5 millas marinas, también podrían ser causados por pescadores artesanales que llevan a cabo su actividad extractiva con artes o métodos de pesca similares (bolichitos, chinchorros, o hasta dinamita), a los de los pescadores industriales, sólo que de menor tamaño, pero que de igual manera afectan al fondo y sus cercanías. Se debe tomar en cuenta que, al respecto, el principio 5 del Enfoque por Ecosistemas expresa: “Una característica clave del enfoque por ecosistemas es la conservación de la estructura y funcionamiento del ecosistema” (UNEP, 2000). Por lo que es importante definir en forma muy clara quien es un pescador artesanal, hasta qué capacidad tendrá la embarcación y reglamentar los artes y sistemas de pesca que debe usar, con el objeto de prevenir efectos similares de los de la pesca industrial. Se debe resaltar que, como está ocurriendo en otros países, la pesca de arrastre de fondo se tiene que prohibir por los daños que genera a los ecosistemas marinos.
 
Por tanto, es necesario realizar una administración de las pesquerías usando un enfoque ecosistémico, por cuanto, como expresa Escobar (2001), gran parte de los recursos pesqueros marinos del mundo están muy cerca o han sobrepasado sus rendimientos máximos sostenibles. Esta situación ha venido siendo acompañada por un incremento progresivo de la captura de peces de niveles tróficos inferiores, como es el caso de la anchoveta, y de una disminución de la captura por la pesca artesanal de las especies de los niveles tróficos superiores. También se ha encontrado un aumento de la captura de varias especies no objeto de pesca y la disminución de las especies objetivo, que ha traído como consecuencia daños en la relación población/reclutamiento. La causa más común observada es la sobrepesca, cuyas consecuencias sociales, económicas y culturales son bien conocidas y sin embargo, sus consecuencias ecológicas permanecen aún subentendidas. Este enfoque es recomendado por  instituciones del más alto nivel, como la FAO en la Conferencia Mundial sobre Ordenación y Desarrollo Pesquero (Roma, 27 de junio-6 de julio de1984), en los principios y prácticas para la ordenación racional y el aprovechamiento óptimo de los recursos pesqueros, donde se expresa
que “dada la necesidad de comprender mejor las variaciones naturales de las poblaciones pesqueras y la relación entre estas variaciones y los factores ambientales, el enfoque de la ordenación debe orientarse hacia ecosistemas completos.
 
Asimismo, El Código de Conducta para la Pesca Responsable, establece normas y directrices
internacionales. Algunos de los principios del Código de Conducta sobre Pesca Responsable (FAO, 1995), se refieren a este enfoque, como el principio 6.2, que señala: “la ordenación de la pesca debería fomentar el mantenimiento de la calidad, la diversidad y la disponibilidad de los recursos pesqueros en cantidad suficiente para las generaciones presentes y futuras, en el contexto de la seguridad alimentaria, el alivio de la pobreza, y el desarrollo sostenible. Las medidas de ordenación deberían asegurar la conservación no sólo de las especies objetivo, sino también de aquellas especies pertenecientes al mismo ecosistema o dependiente de ellas o que estén asociadas a ellas”. También el principio 6.5, señala que: “los Estados y las Organizaciones de pesca deberán aplicar ampliamente el criterio de precaución en la conservación, ordenación y explotación de los recursos acuáticos vivos.... para conservar las especies de que son objeto de la pesca, las especies asociadas o dependientes y aquellas que no son objeto de la pesca, así como su medio ambiente.
 
Sin embargo, Escobar (2001),  considera que aplicar un enfoque ecosistémico a la pesca requiere, entre otros:
Conocer ¿cuáles son los principios ecosistémicos que se pueden aplicar a la pesca?
¿Cuáles son los efectos de la pesca sobre los ecosistemas?
¿Cuáles son las dificultades que existen para aplicar principios ecosistémicos a la pesca?
¿Cómo se aplican los principios ecosistémicos a la pesca?

Responder a las interrogantes planteadas no es trabajo sencillo, es más bien una tarea sumamente compleja. Por ello, mientras no se disponga de los recursos y los conocimientos necesarios para aplicar los principios ecosistémicos, se deben tomar las medidas de precaución que sean posibles y una de ellas es la restricción de áreas de pesca. Sin embargo, las restricciones no se deben establecer en forma arbitraria delimitando una franja costera de un ancho fijo; sino tomando en cuenta criterios como productividad, biodiversidad, profundidad de alcance de los artes de pesca usados. En el último caso, se debe proteger áreas hasta profundidades de 50 m, ya que son ambientes que alojan a una alta diversidad de especies que muchas veces están en vías de extinción, como es el caso del caballito de mar Hippocampus ingens que vive en praderas de macroalgas, las cuales al ser extraídas o perturbadas afectan a los procesos biológicos de las especies que en ellas se cobijan (SERNANP, 2011). Por ello, todos los géneros de caballitos de mar están incluidos en el Apéndice II de la Conferencia de Miembros para la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies en Peligro (CITES por las iniciales en inglés), de la Fauna y Flora Silvestre (Lourie et. al., 2004); y en el Perú H. ingens está protegido de acuerdo con la Resolución Ministerial Nº 306-2004-PRODUCE.

Bajo estas consideraciones, se debe prohibir la pesca industrial en una franja costera que, en lugar del ancho en millas de la misma, debe tomar en cuenta la profundidad en relación con la altura sobre la que opera el arte de pesca industrial, que generalmente es el boliche. Por ello, se considera conveniente prohibir la pesca industrial dentro de la isóbata de los 50 m de profundidad del mar, desde frente a Chimbote hacia el sur hasta el callao y dentro de la isóbata de los 20 m de profundidad del mar hacia el norte de Chimbote, por ser la plataforma continental de menor pendiente y mucho más extensa que para el sur, pero en este caso se podrían tomar medidas de reducir la altura del arte de pesca, de tal forma que las artes sean adecuadas y afecten en lo mínimo al fondo. Con respecto al litoral comprendido entre el Callao y el extremo sur del Perú.  Es conveniente ampliar la profundidad de la restricción de la pesca industrial hasta la isóbata de los 60 m, debido a la fuerte pendiente del fondo y por ello la franja costera se reduciría drásticamente en el caso de tomar como  límite las isóbatas de 40 ó 50 m.

Asimismo, se debe restringir la pesca industrial hasta la isóbata de los 50 m de profundidad alrededor de las islas y en las  áreas de surgencia por su alta productividad primaria, que constituye la base de la alta biodiversidad del mar peruano (Berrú, 2003). Se conoce importantes centros de surgencias, a los 5º S (Paita), 6º S (Punta aguja), 9º S (Chimbote), 12º S (Callao) y 15º S (San Juan) (Graco, et al., 2007). Sin embargo, en el caso de tales áreas, es mucho más complicado establecer límites definidos por las variaciones espaciales y temporales que se pueden dar y para ello se requiere de mucha más investigación científica. Por tanto no se debe descarta que para el futuro y con mejor conocimiento se puedan tomar medidas de protección en tales áreas.

 

 

Opinión técnica:

Nuestra opinión respecto al Proyecto de ley de las 5 millas para la Pesca Artesanal y la Acuicultura es, que dado el objetivo de proteger a una diversidad de especies y sus ecosistemas de la pesca industrial en general, sin dejar de considerar a la pesca artesanal, para un aprovechamiento sostenible. Podemos afirmar que las restricciones pesqueras en áreas determinadas son beneficiosas tanto para las especies protegidas, como para las que no están protegidas y mucho más para el hombre, porque le permiten extraer en el tiempo, más y mejores organismos vivos que benefician a su alimentación o a la industria y; siendo la pesca industrial la que más afecta a las especies y sus ecosistemas, cuando opera en áreas de alta diversidad y de poca profundidad. Sin dejar de establecer normas exclusivas para la pesca artesanal, se considera conveniente para nuestro país prohibir la pesca industrial en la franja costera comprendida hasta la isóbata de los 20 m en el litoral comprendido entre Tumbes y Chimbote, hasta la isóbata de los 50 m en el litoral comprendido entre Chimbote y el Callao; y  hasta la isóbata de los 60m desde el Callao hasta el extremo sur del país. En promedio, el área total restringida para la pesca industrial debe acercarse a una franja costera de 5 millas de ancho, pero con mejores beneficios desde los puntos de vista ecológico, social y económico.

Asimismo, tomando en consideración que la zona costera es la más apropiada para llevar a cabo la maricultura, es necesario que tal ambiente sea protegido de tal forma que permanezca en las mejores condiciones naturales.

Recomendación:

Con el objetivo de dar a conocer en forma más profunda las razones por las que se hace la propuesta  antes delineada, y de hacer tomar conciencia a los interesados tanto de la pesca artesanal como de la pesca industrial y al mismo tiempo lograr consenso entre los involucrados en la pesca en general,  se recomienda organizar eventos para lograr los objetivos propuestos.

 

“El derecho a pescar lleva consigo la obligación de hacerlo de una manera responsable para que asegure la conservación y administración efectivas de los recursos acuáticos vivos”. FAO.
 
 
Referencias bibliográficas

Berrú, P. 2003. Informe anual: Seguimiento de los principales invertebrados marinos. Año 2003. IMARPE. Chimbote.

Encomendero, E. 2003. Análisis de la Pesca Artesanal Peruana 1995-2003. Informe de Investigación científica. Universidad Nacional del Santa. Chimbote, Perú. No Pub.

Escobar, J. 2001.  El aporte del enfoque ecosistémico a la sostenibilidad pesquera. División de Recursos Naturales e Infraestructura. CEPAL. Naciones Unidas. Santiago de Chile.

FAO, 1984. “Informe de la Conferencia Mundial de la FAO sobre Ordenación y Desarrollo Pesqueros”, Roma, 27 de junio-6 de julio de 1984. Púb. Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, Roma 1984.
FAO. 1995. Código de Conducta para la Pesca Responsable, Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y Alimentación, Roma, 46 pp.
Graco, Michelle I, Ledesma, Jesús, Flores, Georgina et al. Nutrientes, oxígeno y procesos biogeoquímicos en el sistema de surgencias de la corriente de Humboldt frente a Perú. Rev. peru biol. [online]. ago. 2007, vol.14, no.1 [citado 04 Noviembre 2011], p.117-128. Disponible en la World Wide Web: <http://www.scielo.org.pe/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1727-99332007000200021&lng=es&nrm=iso>. ISSN 1727-9933
Lourie, S., Foster, S., Cooper, Ernest , T & Vincent, A. 2004. A Guide to the Identification of Seahorses. Project Seahorse and TRAFFIC North America
SERNANP. 2011. Criterios para la Zonificación de Áreas Marinas Protegidas en el Perú. Revista Áreas Marinas Protegidas-Perú Nº1
UNEP, 2000. Convenio sobre la diversidad biológica. Montreal, Canadá 31 de enero-4 de febrero de 2000. http://intranet.catie.ac.cr/intranet/posgrado/recursos_naturales/Clase%205/Lecturas/Microsoft%20Word%20-%20Enfoque%20por%20Ecosistemas.pdf


                                    Nuevo Chimbote, noviembre 11 de 2011.

                                                      Blgo. Pesq. Eleuterio Lucio Encomendero Yépez, Mg.

Prof. Principal D.E., Departamento Académico de Biología, Microbiología y Biotecnología. Universidad Nacional del Santa. Chimbote, Perú.


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